Un accidente que casi electrocuta a un joven en el penal policial donde estaba detenido por robo a mano armada determinó que lo liberaran dejándolo sin condena. La descarga de un cable le provocó un paro cardíaco, lo dejó en estado de coma y obligó a una internación prolongada para salvarle la vida. Ante esto un juez de Sentencia consideró que este episodio había provocado en el muchacho un daño de tal magnitud que debía darse por cumplida la sanción. Por este motivo decidió su absolución en una resolución con la que la fiscal interviniente estuvo de acuerdo.

Las deficientes y peligrosas condiciones del penal de la comisaría 5ª de Rosario, que a punto estuvieron de ocasionarle la muerte en enero de este año, agravaron la detención de Luis R. Eso implicó que se la aplicara la denominada pena natural, una figura del nuevo modelo de juicio santafesino que supone que a veces las consecuencias sufridas por el imputado de un delito vuelven inaceptable una sanción. Un ejemplo de esto ocurrió hace dos años cuando otro magistrado declinó condenar a una persona que al ser herida durante el robo que cometía quedó parapléjica (ver aparte).

Culpa del Estado. Lo novedoso en el caso de Luis R. es que la consecuencia grave no surgió durante el delito que se le adjudicaba, sino por responsabilidad del Estado provincial, que debe preservar el estado psicofísico de quienes cumplen una pena privativa de libertad. Eso fue planteado por su abogado defensor Angel Baltuzzi. La fiscal Cristina Herrera entendió que ante los daños corporales y psíquicos sufridos por Luis R. imponerle pena habría sido un exceso mayor al delito reprochado. El juez de Sentencia Julio César García estuvo de acuerdo y dispuso su liberación.

Pero antes Luis R., de 27 años, llegó a ser procesado por robo a mano armada, cometido con otro joven en una Shell de Rondeau y Matheu. El hecho, ocurrido el 17 de noviembre de 2010, fue denunciado enseguida por empleados de la estación de servicio, que dijeron que los ladrones habían huido en una moto roja. Poco después la policía persiguió a dos jóvenes en una Honda 150 de ese color desde Costanera y Puccio y los detuvo en otro surtidor de Colombres 1450.

A partir del hecho Luis R. y el otro joven detenido con él, Gastón A., fueron procesados. Este último recibió el falta de mérito por ausencia de pruebas. Sin embargo el juicio contra Luis R. siguió y el fiscal inicial del trámite llegó a pedir una pena de siete años y seis meses de prisión en su contra.

Pero el 23 de enero pasado un imprevisto cambió el curso del juicio. Ese día, el extremo de un cable que usaba para alimentar un ventilador en la celda precaria donde estaba le causó una descarga eléctrica en el pecho. Luis R. sufrió un paro cardíaco y quedó inconsciente. Lo trasladaron en patrullero al Hospital Clemente Alvarez donde le hicieron maniobras de reanimación por 18 minutos. Según Baltuzzi, el joven estuvo varios días en terapia intensiva entre la vida y la muerte. Logró sobrevivir pero con secuelas neurológicas y psicológicas de por vida.

El defensor elevó además una crítica a la prisión preventiva en la que estaba su cliente, ya que había propuesto para él una pena sustitutiva del encierro, en virtud de que el otro joven detenido con él había sido desligado del robo que a ambos se atribuía por prueba insuficiente. Baltuzzi indicó que si Luis R. no hubiera estado en ese calabozo de temperatura asfixiante y bajo una enredada maraña de cables el accidente que casi lo mata no habría ocurrido. También recordó que no tenía antecedentes penales y que tenía un entorno familiar que ayudaría a su rehabilitación si le permitían esperar la sentencia fuera de prisión.

Víctima, de acuerdo. El juez García aceptó que imponerle pena a Luis R. después del grave accidente que sufrió por responsabilidad del Estado que debía protegerlo habría sido un acto innecesario o desproporcionado. Y que como había reconocido la fiscal Herrera tal cosa cuestionarí a el principio de humanidad. Incluso hubo algo más: la víctima del robo estuvo de acuerdo en que tras lo ocurrido a Luis R. no se lo condenara.

El antecedente

El 20 de mayo de 2008 Martín B. asaltó juntó a otra persona un negocio de la zona norte. Al salir hubo un tiroteo con policías y un balazo le dio en la espalda. El disparo le provocó una paraplejia del tórax para abajo. El juez de Sentencia Carlos Carbone aplicó al año siguiente el criterio de pena natural y no impuso condena.

Fuente: http://www.lacapital.com.ar/policiales/Absolvieron-a-un-detenido-porque-casi-muere-electrocutado-en-su-celda-20120605-0030.html