La Asociación Pensamiento Penal desea expresar su beneplácito a la comisión interdisciplinaria e intersectorial y a todas las personas e instituciones que trabajaron en la redacción del  proyecto de Ley 4780-13 de ley (adjuntos PL3918-14; 4658-14; 4959-14; Expte. 5-15 y 810-15) de adhesión a la Ley Nacional de Salud Mental.

Este trabajo político en el campo de la salud mental, donde de a poco la garantía constitucional de la salud va ganando su lugar y encuentran a los tres poderes del Estado chaqueño y los organismos de derechos humanos luchando por el cierre de las instituciones psiquiátricas públicas y privadas y la sustitución de estructuras. No por la refuncionalización ni la remodelización, sino el cierre y sustitución de los sistemas reproductores de marginalidad por dispositivos que asistan los problemas de salud mental y adicciones en todas sus dimensiones (salud, educación, vivienda, trabajo, recreación, etc).

Se aprecia la importancia del trabajo interdisciplinario, territorial e intersectorial que se está logrando a través del proyecto de ley y la promoción de la capacitación en este cambio de paradigma en la lucha para el reconocimiento de los derechos de las personas con problemas de salud mental. Para lograr que ese cambio sea cada vez mayor es que la provincia del Chaco necesita de la creación del órgano de revisión local, autónomo y transparente, que vele por el cumplimiento de la ley de Salud Mental en su totalidad.

Es necesario subrayar que la creación del órgano de revisión de salud mental en el ámbito de la defensa pública, significa para la provincia del Chaco un avance de significativa trascendencia histórica que materializa que la única forma de hacer las cosas es a través de la construcción de manera colectiva y el reconocimiento del acceso a la justicia de las personas en condiciones de vulnerabilidad, como este caso son aquellos que poseen problemáticas relacionadas a la salud mental y adicciones.

La existencia del Organismo de Revisión en la provincia del Chaco la convertirá en la segunda de las provincias argentinas en lograrlo.

El rol central y estratégico del Órgano de Revisión y la redefinición de un órgano de protección de derechos con perfil político institucional con capacidad para inspeccionar y supervisar pero también para elaborar recomendaciones como control de legalidad y cierre de las piezas de aislamiento en las instituciones de encierro, investigación de casos, y como herramienta de cambio en las prácticas y de la mirada que se efectúa sobre el problema es significativo para la provincia del Chaco y para el resto de las provincias argentinas.

Como sociedad de derecho vemos la importancia del trabajo interdisciplinario para que el paciente no termine fragmentado y excluido lo que indica la idea de que el proyecto de ley es revolucionario, para lo que será necesario enfrentar dos grandes cuestiones: el cambio cultural y el poder corporativo de algunos sectores.

Podemos recordar que el Órgano de Revisión a Nivel Nacional fue creado por la Ley Nacional de Salud Mental -reglamentada en mayo de 2013- como organismo de prevención de derechos humanos, supervisión y monitoreo. Es un espacio intersectorial conformado en partes iguales por representantes estatales y de la sociedad civil: Ministerio de Salud de la Nación, Secretaría de Derechos Humanos del Ministerio de Justicia de la Nación, Ministerio Público de la Defensa, Centro de Estudios Legales y Sociales, Red de Usuarios, Familiares y Voluntarios, y Asociación Argentina de Salud Mental. La Secretaría Ejecutiva desarrolla sus funciones en el ámbito del Ministerio Público de la Defensa, y hoy la provincia del Chaco se encamina a su órgano local y el respeto irrestricto de los Derechos Humanos.

                                                   Paulo Pereyra – APP Chaco

  Integrante de la Mesa Nacional