El 15 de octubre de 2010 la fiscal Gladys Acosta de Scarel junto a cuarenta efectivos policiales, se dieron cita, sin notificación previa, en el Lote 19 de Pampa del Indio para intentar desalojar a la familia Adriani-Berdún, propietaria histórica de las tierras. La decisión de la familia de quedarse y el apoyo de siete organizaciones indígenas que se presentaron espontáneamente en el lugar, al enterarse de la situación, impidieron que el desalojo se efectuara. La periodista Diana Della Bruna, en ese entonces en el área de prensa del Instituto de Cultura Popular, registró y fotografió los hechos.

Como consecuencia de los episodios narrados, los ocupantes del predio fueron procesados por el delito de usurpación, mientras que la periodista lo fue por resistencia a la autoridad.

El 18 de marzo el Superior Tribunal de Justicia del Chaco rechazó el pedido de sobreseimiento de la periodista Diana Della Bruna y de nulidad en la causa Adriani- Berdún, presentado por el abogado Gonzalo García Veritá a fines de julio de 2015, ordenando la realización del juicio oral y público. Sin embargo, la sentencia contó con el voto en disidencia de la Ministra Iride Isabel María Grillo, sentando un positivo avance y un antecedente valorable en Derecho Indígena.

La Asociación Pensamiento Penal expresa su profunda preocupación por las derivaciones del caso y, fundamentalmente el fallo de mayoría del STJ chaqueño, que constituye un verdadero retroceso para el reconocimiento de los derechos de las comunidades indígenas.

Hacemos notar que, demostrativo de la irracionalidad del juicio que se promete a la familia Adriani-Berdún y a la periodista Della Bruna, es que con posterioridad a estos sucesos, las tierras fueron expropiadas por la Provincia y entregadas a su dueños ancestrales en concepto de reparación histórica.

30 de marzo de 2016