El Comité, creado por la Ley N° 6.280, tiene amplias facultades para realizar visitas periódicas, sin necesidad de aviso previo, a todos los lugares de detención o encierro de jurisdicción provincial, a fin de monitorear las condiciones de detención, prevenir y denunciar violaciones a los derechos humanos de las personas privadas de su libertad. Además, tiene como función realizar propuestas y recomendaciones sobre las políticas públicas vinculadas al sistema penal, penitenciarias, de seguridad y de niñez y adolescencia, promoviendo su adecuación a los estándares constitucionales e internacionales.

“La conformación de este comité promueve la cooperación entre organizaciones no gubernamentales y organismos públicos, con fines del análisis y evaluación del cumplimiento de convenciones internacionales de derechos humanos. En la medida que todos estemos dispuestos a erradicar estas prácticas aberrantes, organismos públicos y entidades privadas contribuiremos a través de información y publicaciones que sean de utilidad para el conjunto de la sociedad”, expresó el Vicegobernador.

Integran el Comité el Dr. Alejandro Chain por el Poder Judicial, el Subsecretario de Derechos Humanos Dr. Manuel Cuevas, los Senadores María Inés Fagettiy Noel Breard, y los Diputados Sonia López y Adán Gaya, que fueron designados por las comisiones de «Derechos Humanos» del Poder Legislativo para representar a las respectivas Cámaras Legislativas, el Dr. Ramón Celestino Leguizamón por la Comisión de Derechos Humanos de Corrientes, la Sra. Gladis Hanke por la Asociación Memoria, Derechos Humanos y Solidaridad (MEDEHS) de Goya, la Sra. María Alejandra Mumbach por la Comisión por la Memoria, la Verdad y la Justicia de Paso de los Libres, el Sr. Julio César Fagalde por la Casa de los Derechos Humanos de Curuzú Cuatiá, y el Sr. César Almirón por la Fundación Amanecer de Esperanza.

La duración del mandato de los miembros del Comité será de cuatro años y podrán ser reelegidos por única vez. En el caso de los representantes de los tres poderes del Estado, cesarán como miembros del Comité al finalizar el período de su función, si esta se produjera antes de los cuatro años.