Existe un generalizado reconocimiento a la figura del Juez español Baltazar Garzón. Desde la Sra. Presidente de la Nación, homenajeándolo en forma pública y criticando a los tribunales de España, hasta los organismos defensores de los derechos humanos y en general todo el arco político argentino, han reaccionado frente a la condena que lo inhabilita para ejercer en su patria. Se relaciona la sentencia, con su decisión de investigar crímenes del franquismo, aunque formalmente lo fue por haber autorizado la intervención telefónica y escuchar lo que conversaban unos presos con sus abogados defensores, en una causa donde se investigaban a políticos por hechos de corrupción. Es posible que el Tribunal Supremo de España, lo haya condenado por otras razones diferentes de las que se enuncian en la sentencia de las intervenciones telefónicas, pero ello no pasa del terreno de las especulaciones, ya que no hay ninguna prueba de ello. También sería una especulación, afirmar que el Juez Garzón, estratégicamente decidió investigar los crímenes del franquismo cuando advirtió su negro futuro a raíz de que se impugnaban las intervenciones telefónicas. En cualquier caso resulta imposible determinar las verdaderas razones que movilizan a un juez a decidir en un sentido o en otro, pero lo cierto es que no necesariamente los fundamentos de las sentencias las reflejan con exactitud. Es de elemental lógica que se escriban los argumentos potables y se escondan las verdaderas motivaciones, cuando ellas no se pueden explicitar a la sociedad, sin pagar un alto costo político. Los jueces como políticos que son, en tanto ejercen el poder, deben luchar para cuidar su puesto. Lo cierto es que Baltazar Garzón, hizo de la exposición mediática una herramienta estratégica en su ejercicio del poder instructorio. Posiblemente traspasó aquel punto medio, que existe entre aquellos que jamás se conectan con la prensa, porque pretenden “hablar por sus fallos” y los otros a quienes los movileros aguardan a la salida de su domicilio particular, para tener la primicia diaria. En el equilibrio prudente se encuentran los que solamente se preocupan de no obstaculizar el funcionamiento de la República, que les exige publicidad en los actos de gobierno. Pero no es su alta exposición mediática, lo que nos interesa analizar aquí, sino otro aspecto que rodea el fenómeno Garzón, que por cierto trasciende sus propias fronteras y repercute notablemente en nuestros ámbitos. Se trata de advertir con preocupación, cómo se convierte en un paradigma de “justiciero”, una persona que por la naturaleza de su función en el marco normativo español, no es nada más que un inquisidor dotado de amplias facultades para perseguir penalmente. Se rinde homenaje a una gestión, que podrá ser muy valiente, pero que se corresponde con la antítesis de lo que debemos entender por la figura de un Juez. Advertimos, cómo en la sociedad, se sigue admirando la figura de un juez, que lejos de asumir su condición de imparcial, se pone el ropaje del actor. Que un juez tenga coraje, es evidentemente un atributo personal imprescindible, pero esa virtud la debe utilizar para actuar como tercero resolviendo las contradicciones que las partes puedan plantearle. No es propio de un juez, investigar, tal como lo siguen haciendo los actuales jueces de instrucción, pese a la legislación que les corta estas facultades y les manda a resolver los pedidos de las partes. Precisamente esta figura del juez de instrucción, nos viene de España, y es la que sigue vigente para Magistrados como Garzón, a quienes la ley les permite decidir llevar adelante una persecución penal, disponer medidas de investigación como intervenciones telefónicas, allanamientos y detenciones. De los Fiscales ni se habla, y por el contrario en el caso “Garzón”, está ausente en el ámbito del Tribunal Supremo, adonde la causa llega por impulso de querellantes particulares que defienden intereses relacionados con quienes alegan ser víctimas de los excesos que se le atribuyen. Cuando una sociedad convierte a un juez, como el protagonista fundamental de las investigaciones penales, algo no está funcionando acorde a los postulados constitucionales que disponen un debido proceso donde existan garantías y controles en la aplicación del derecho. Ese Juez ensalzado, reconocido, valiente, comprometido con los derechos humanos, en realidad actúa desde un lugar absoluto donde él decide qué investigar, cómo hacerlo y finalmente decidir sobre el valor probatorio que había conseguido con su tarea, para entregarle toda su obra a los acusadores a fin de que provoquen el inicio del posterior juicio. Ello se llama en todo el mundo jurídico, inquisición, porque fue heredado del sistema que utilizaba la Iglesia Católica para perseguir los pecados que afectaban sus dogmas de fe. Claro que en sus orígenes estaba todo justificado por la fe que inspiraba al inquisidor cuyo objetivo era conseguir la reconciliación del hombre con Dios. Ese sistema que todavía rige en muchas partes del mundo, incluido nuestro país, es contrario al programa que pretenden instalar las repúblicas democráticas nacidas con el Estado de Derecho posterior a la Revolución Francesa. Resulta toda una paradoja, que se admire la trayectoria de un Juez, cuando precisamente nunca operó como garantía de imparcialidad frente a quienes persiguió. Precisamente un derecho humano fundamental, es que toda persona sometida a un proceso penal, tenga la posibilidad de acudir ante un Juez, que sin ningún compromiso con la investigación en curso, lo pueda escuchar imparcialmente. Los jueces instructores en España y en nuestro país, son inquisidores que -más allá de sus intenciones buenas o malas, dependiendo ello desde la óptica ideológica con que se los mire- ejercerán su poder convencidos que son los dueños de la verdad, que simplemente deben conseguir pruebas que confirmen esas convicciones y para ello ejercen su poder sin demasiados controles. En ese esquema la figura del fiscal pasa a ser decorativa y si a la víctima le otorgan derechos para actuar autónoma y solitariamente, es porque es funcional al ejercicio del poder de los jueces. Desde este enfoque es lamentable que en el mundo haya tanto fervor en la defensa de un hombre, que jamás se cuestionó la legitimidad del poder que ejercía y que obviamente desnaturalizaban la tarea de un verdadero Juez. Insistimos en que investigar es tarea del actor penal, nunca debe serlo del Juez, porque en ese momento deja su sitial de tercero imparcial y se baja a cumplir las tareas de las partes, con lo que deja de ser una garantía para controlarlas. Qué ironía, Baltazar Garzón termina inhabilitado porque se le cuestiona el ejercicio de ese poder concentrado que desnaturalizaba su jurisdicción y pasaba a suplantar al Fiscal investigador y en su defensa, vimos cómo cuestionaba la imparcialidad de quien a él a su turno lo investigara. Sin querer justificar la condena por la interceptación de las conversaciones telefónicas, tema que escapa a este análisis, lo cierto es que cuando un juez decide escuchar lo que habla un imputado con su defensor, es porque no está actuando como un sujeto imparcial, sino que se involucra con la investigación, más allá de la violación clara al derecho de defensa, que en todo caso estaba obligado a preservar. Claro que el Tribunal Supremo español, no es un paradigma de funcionamiento garantizador, sino que también participa del sistema inquisitivo, que lo alcanza y le permite actuar al margen de lo que le digan las partes. Resulta cuestionable que los jueces supremos, desde la inquisitiva mirada que ejercen, pretendan disciplinar a los “inferiores”, para que interpreten el derecho como ellos consideran que deben hacerlo. Como la inquisición siempre parte de valores absolutos, la verdad máxima e incontrovertible, casi revelada, es la que tienen los supremos y a ella se deben someter verticalmente todos los jueces que existen en la estructura piramidal que a propósito se organiza de ese modo. Si en nuestro país, el paradigma de la Justicia es Baltazar Garzón, no hay dudas que consciente o inconscientemente seguimos atados a la estructura inquisitiva medioeval, y explica la dificultad que encuentran quienes quieren implementar la reforma procesal penal, para cumplir con la Constitución Nacional. En los países donde se respeta el perfil de un verdadero juez, el llamado a gozar de popularidad es el fiscal, que incluso en algunos casos es elegido por el voto de la gente a quienes representa. El juez ganará su fama cuando aparezca impidiendo los excesos y garantizando a los imputados que su derecho de defensa permanece inviolable, nada menos.