Fue sentenciado por violar a sus hijas. La Casación bonaerense, con sede en La Plata atenuó de 50 a 25 años la pena. Estalló la polémica

La Sala I del Tribunal de Casación Penal de la provincia de Buenos Aires, con sede en La Plata, redujo a la mitad la pena que se le había impuesto a un hombre en febrero de 2012. La condena por el delito de abuso sexual con acceso carnal agravado por el vínculo y por la situación de convivencia con menores de edad bajó de 50 a 25 años.

Luis María Rivero había sido condenado el “abuso sexual gravemente ultrajante”  de cuatro de sus hijas. Según la sentencia, abusó de una durante al menos ocho años continuados desde que la menor tenía 7. De otra lo hizo durante al menos cuatro años al menos una vez por semana; y de las dos más chicas lo hizo durante dos años y medio y cinco veces.

Hace más de dos años el Tribunal Criminal 1 de Mar del Plata, integrado por los jueces Facundo Gómez Urso, Aldo Carnevale y Néstor Conti lo había condenado a 50 años de prisión, la pena máxima que prevé este tipo de delitos.

Sin embargo el Tribunal de Casación a través de su Sala I, consideró que la Ley 26.200 determina que la pena máxima no puede superar los 30 años de prisión por la incorporación al derecho interno del Estatuto de Roma que prevé esa pena máxima.

En sus votos, los jueces de la Sala I, Horacio Piombo y Benjamín Sal Llargués también valoraron como atenuante la ausencia de antecedentes penales.

En el fallo de primera instancia, dictado en juicio oral y público, se había acreditado que además que el abusador además había “prostituído a la fuerza” a sus hijas menores.

Sin embargo, la Casación, esgrimió, al revisar esa sentencia de grado que la pena máxima de nuestro Código no puede sobrepasar los 25 años.

El fallo llamó poderosamente la atención, al ser comunicado a las partes en las últimas horas, ya que establece un criterio aún más beneficioso que el contemplado por el nuevo proyecto de reforma penal que fija un máximo de 30 años.

Según se desprende del fallo de la Casación, los magistrados consideraron que no puede haber una pena superior a 25 años en el Código Penal, que es la prevista para el homicidio simple.  Invocaron, como se señaló, tratados internacionales. A partir de allí, formularon ese esquema, estableciendo la pena máxima para el homicidio, por ser la figura que tutela el bien más preciado que es la vida. Y de allí para abajo, según su particular interpretación, cuáles deberían establecerse para el resto de las figuras del Código.

En tribunales se informó que ya presentó su apelación contra esta polémica reducción de pena, el fiscal de Casación Carlos Arturo Altuve. El recurso fue interpuesto este sábado ante la Suprema Corte bonaerense, indicaron las fuentes consultadas.

“Creía que sólo me pasaba a mí”

En la etapa de investigación se estableció que una de las hermanas sospechaba que sólo era víctima de los ultrajes de su padre. Y que sólo ella había sido obligada a mantener relaciones sexuales con hombres que traía su padre a la casa.

En la causa declararon dos familiares que pudieron hablar con la chica. Luego se puedo acreditar que las tres hermanas menores también eran vejadas por el acusado.

Su padre, por entonces un vendedor de pochoclos de 57 años, las violaba “reiterada y simultáneamente” a todas. También las había obligado a prostituirse, sostuvo la fiscalía al elevar la causa a juicio.

“Creía que sólo me pasaba a mí”, le había dicho los jueces la chica, abusada entre los 9 y los 17 años por su padre. Lo denunció y a los pocos días el acusado fue detenido.

“La realidad supera la ficción”

En febrero 2012, los jueces del Tribunal Oral N°1 de Mar del Plata lo condenaron a la pena máxima de 50 años de prisión. En el juicio escucharon testimonios desgarradores. “En este caso se da lo que yo siempre digo: que la realidad supera a la ficción”, comentó la fiscal del caso, Andrea Gómez.

Las mayores de las jóvenes contaron personalmente lo que les ocurrió durante años; las voces de las más chicas se oyeron a través de los diálogos con la psicóloga en cámara Gesell, en videos. “Contaron en detalle el terror que les hizo vivir este hombre, fueron testimonios muy densos, muy duros”, indicó en aquella ocasión la fiscal.

Luis María Rivero, de 54 años, fue denunciado por su hija mayor el enero de 2010. El las “tenía a su cargo”. No era su padre biológico. La chica ahora tiene 34 años y la menor de sus hermanas 17. A partir de entonces comenzó el trabajo de la Comisaría de la Mujer y de los peritos forenses, quienes dieron testimonios contundentes. En la primera revisación médica a las dos nenas más chicas, de 9 y 11 años, “se constató que había desfloración de larga data”, dijeron. Un mes después de la denuncia, Rivero fue detenido en la casa que usurpaba en el barrio La Perla.

Hubo, además de los relatos de las propias jóvenes, los de otros 15 testigos que incriminaron a Rivero. Se pudo determinar que la mayor de sus hijas fue abusada desde los 9 a los 17 años; su hermana, la que la sigue en edad, desde los 15 a los 17; la tercera, desde los 8 a los 12 años; y la cuarta a los 11 años. Todos los casos ocurrieron entre 2000 y 2009.

La pena de 50 años, la mayor para este tipo de delitos, es por abuso sexual agravado con acceso carnal, y vínculo y convivencia preexistente.

Ahora, aquella condena fue reducida a la mitad por un tecnicismo formal aducido por la Casación bonaerense. La Corte tiene la última palabra.

Abuso intrafamiliar, en cifras

«Existe un alto porcentaje de abuso sexual intrafamiliar, asombrarían las estadísticas. En este caso fue impecable la actuación de la Comisaría de la Mujer en un momento importante de la causa que terminó con esta condena ejemplar», había dicho la fiscal Andrea Gómez al imponerse 50 años de cárcel. Eso fue hace más de dos años. La fiscal había pedido esa pena de 50 años de cárcel, 12 años y medio por cada uno de los hechos por los que se lo acusaba.

http://tintajudicial.com/el-caso/reducen-a-la-mitad-condena-a-violador-483