Es más, la resolución del juez Mario Rodrigo Morabito fue publicada en el portal “Diario Judicial”, en cuyo artículo se destaca que “lo importante es la salud del adolescente y su vida, más allá de las consecuencias penales que ostenta el Estado a través de su poder punitivo”.
El pasado martes, un niño de 10 años fue demorado tres veces por la Policía, a raíz de diversos incidentes perpetrados en la vía pública. A ello hay que sumarle una cuarta demora, acontecida después de que el chico se escapó del hospital donde había sido internado por orden del juez en feria.
Bajo el título “Alguien debe pensar en los niños”, el artículo apela a los argumentos del juez catamarqueño Morabito, quien en su momento remarcó la necesidad de brindar una asistencia integral a un joven de 16 años, en conflicto con la ley, pero que ahora se traslada a este niño de corta edad, cuyos padres argumentaron que es “imposible de controlar”.
“Corresponde que analice minuciosamente no ya la situación procesal del joven S.F.L. que de por sí con tan solo 16 años tiene un historial de transgresiones a la ley penal de importante cantidad, algunas causas archivadas por no punibilidad y otras en trámite precisamente por ser un joven punible”.
“Lo importante es la salud del adolescente y su vida, más allá de las consecuencias penales que ostenta el Estado a través de su poder punitivo, que debe ser no solo última ratio en el régimen penal juvenil, sino además totalmente secundario cuando corresponda priorizar sus derechos humanos básicos”, refirió el magistrado a continuación.
“Pero, hablando en criollo, no creo que pase por el castigo penal el dilema de la cuestión, sino de cuanta política pública eficaz del Estado careció este joven y de la que carecen muchos jóvenes de la Argentina con sus necesidades básicas insatisfechas que luego transgreden normas penales”, señala.
El caso del adolescente anterior, es perfectamente trasladable al niño de esta semana, pues se trata de menores con numerosos ingresos a comisarías, que deambularon por diferentes reparticiones del Estado sin encontrar un lugar en el que realmente puedan realizar un tratamiento.
“Más que castigo sin respuestas, se requiere de un trabajo conjunto con los distintos estamentos en miras a recuperar o al menos intentar recuperar lo perdido en el camino debido a sus problemas de adicción”, consignó el fallo.
Prevenir antes que castigar
“Debe priorizarse siempre al niño y la posibilidad de agotar todas las alternativas posibles antes de consecuencias punitivas, ergo la jurisdicción penal especial de niños estará o no justificada, dependiendo de cuál es la verdadera preocupación de sus agentes”.
Por ello, Morabito estimó “de suma importancia invitar a los distintos organismos estatales a una instancia de diálogo profundo sobre la actual situación de la niñez” en Catamarca.
“En miras a proponer, diseñar y fortalecer políticas públicas eficaces que tiendan a proteger y garantizar eficientemente los derechos humanos de los NNyA y hasta tanto se cuente efectivamente con una legislación específica de protección integral de tales derechos”, destacó en otro apartado.
En su momento, se comunicó a la subsecretaría de Salud Mental y Adicciones dependiente del ministerio de Salud de la provincia, y ordenó a dicha dependencia “evaluar interdisciplinariamente la situación actual del joven, observando los estándares de derechos humanos establecidos”.

 

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