Lo dispuso el Juzgado Civil y Comercial Nº6 instando a la Fiscal de Investigaciones Nº3 y a las autoridades policiales del Chaco que se garantice el derecho a la salud de una persona detenida en la Comisaría 2ª de Barranqueras

Un juzgado de primera instancia de Resistencia hizo lugar a una acción de habeas corpus ordenando a la Fiscalía Penal Nº3, a la Comisaría 2ª y a la Jefatura de Policía del Chaco que se garantice el derecho a la salud de un detenido alojado en la unidad carcelaria de esa localidad portuaria. Además, solicitó que se arbitren los medios para garantizar que la detención sea en un lugar acorde a su estado de salud y que se ajuste a las pautas fijadas por la Constitución Nacional, la Provincial y tratados internacionales de Derechos Humanos.
La resolución de la titular del Juzgado Civil y Comercial Nº6, Iride Isabel Grillo, a la que tuvo acceso CHACO DIA POR DIA, está fechada este jueves 8 de noviembre en el marco de una solicitud de habeas corpus “correctivo” iniciado por la madre de un detenido en la Comisaría Seccional Segunda de Barranqueras acusado del delito de “robo a mano armada en grado de tentativa”.
Entre los considerandos, la magistrada fundamenta su decisión en que el habeas corpus corrector se aplica “en los supuestos de agravamiento ilegítimo en la forma y condiciones de detención”.
El fallo
En el punto II de la parte resolutiva, el fallo consigna que “a afectos de garantizar que se respeten al amparo los derechos supra enunciados, la suscripta continuará con la supervisión del cumplimiento de lo aquí resuelto como garantía de tutela judicial efectiva, consagrada en los arts. 18 de la Constitución Nacional, art. 20 de la Constitución Provincial y arts. 8, 25 de la Convención Americana de Derechos Humanos”.
Asimismo, el punto III insta a comunicar sobre la sentencia a la Fiscalía de Investigaciones N 3, a cargo de quien se encuentra el detenido; Comisaría Seccional Segunda de Barranqueras y a la Jefarura de Policía de la Provincia del Chaco y a la Secretaría de Derechos Humanos, debiendo informar en el término de un día el cumplimiento de lo ordenado en autos”.
Por último, en el punto IV el fallo ordena la realización de un informe médico y socio-ambiental a realizarse por la Oficina Médico Forense y Socio-Ambiental del Poder Judicial, referido al detenido debiéndose dar cumplimiento a la medida ordenada en el término de un día de notificados”.

 

 

fuente http://www.chacodiapordia.com/noticia.php?n=70257