Con más de 27 años de antigüedad en el poder judicial, al que ingresó como escribiente, el Dr. Víctor del Río ejerce actualmente como Juez de la Cámara Segunda en lo Criminal de la ciudad de Resistencia. Una larga trayectoria como magistrado que acompaña con una extensa formación académica, como especialista en derecho penal, diplomado en resolución de conflictos, experto en mediación y diversos estudios de posgrado, y una experiencia devuelta en la impartición de innumerables cursos y ponencias. Junto a ello, el Dr. Del Río ha sido miembro de varias comisiones examinadoras en concursos de oposición en el Consejo de la Magistratura de nuestra provincia. Y más recientemente ha participado como postulante en el concurso a Juez del Superior Tribunal de Justicia de la Provincia del Chaco.

 

El Dr. Del Río nos recibe en su despacho de la Cámara del Crimen, donde nos ofrece sus opiniones sobre la participación ciudadana en la administración de justicia, el sistema de designación de jueces y su mirada sobre el histórico concurso de antecedentes y oposición en el que participó.

 

-¿Cómo ve usted la relación entre la sociedad y el poder judicial?

 

Dr. Del Río: En los últimos quince años el poder judicial está siendo cuestionado. Existe un cuestionamiento social que sólo puede desconocerse con una venda en los ojos y tapones en los oídos. Hay una crítica ciudadana sobre cómo se administra justicia. Pienso que las resoluciones judiciales resultan irrazonables, incomprensibles para una gran parte de la ciudadanía que no sabe de leyes. Y ahí los operadores judiciales tenemos una cuota de responsabilidad y debemos ocuparnos de hacer entender la razonabilidad de nuestras decisiones. Eso de que los jueces sólo hablan por su sentencia es un error garrafal. Luego de dictar una sentencia hay que explicarla, sobre todo si la decisión va a tener alguna repercusión social. Los jueces deben abrir más sus despachos y comunicar mejor sus decisiones. Esto no significa que deban estar emitiendo comunicados ni siendo sometidos a interrogatorios periodísticos permanentemente. Pero hay casos que cobran una relevancia institucional, política, mediática que ameritan que los jueces den cuenta de sus fallos. La ciudadanía opina sobre nuestro desempeño, pero muchas veces confunde la crítica sobre la falta de ética de algunos operadores, la falta de un cumplimiento adecuado de las funciones del estado o la falta de cuidado o tutela de algunos derechos con una crítica a la injusticia.

 

-¿Cómo es nuestra cultura jurídica?

 

Dr. Del Río: Los jueces tenemos una formación académica y se nos forma para tener un elevado conocimiento técnico jurídico. Entonces, cultivamos un lenguaje técnico encriptado que nos aleja del decir cotidiano de la gente. Si nos remontamos a la historia de la magistratura vemos que el juez nace como un poder delegado del monarca y esta visión monárquica de la justicia todavía se mantiene. Yo estoy convencido de que el verdadero proceso de construcción de una justicia republicana se hace abriendo canales de participación ciudadana.

 

-¿Cómo puede la ciudadanía participar en la administración de justicia?

 

Dr. Del Río: Una de las formas es a través de los juicios por jurados. Nuestra Constitución Nacional establece en tres de sus artículos el juicio por jurados. Nuestros constituyentes pensaron un sistema republicano en una clara reacción contra el sistema monárquico colonial. Insistir, luego de la reforma constitucional de 1994, en que la obligación constitucional de implantar los juicios por jurados no ha sido impuesta por la Constitución en forma urgente es una falacia. El Constituyente pensó en esto en 1853 y lo estableció en los artículos 24, 75 inciso 12 y 118. Y en 1994 los constituyentes renovaron el mandato constitucional manteniendo estas cláusulas. La Constitución Nacional manda a los legisladores la instauración de los juicios por jurados. La instauración de los juicios por jurados en la Argentina es ya imparable. En varias provincias argentinas están instaurados: en Córdoba, en Buenos Aires, en Chubut y en Río Negro. En nuestra provincia existe un proyecto de ley Nº 3040/13 que implementa el juicio por jurados en el fuero penal y, aunque de momento su aprobación esta demorada, estimo que se aprobará en poco tiempo.

 

-¿Hay resistencias en el mundo jurídico en que aquí se implemente el juicio por jurados?

 

Dr. Del Río: No es sencillo para los abogados, los magistrados y los funcionarios del ministerio público admitir que las personas que no tienen formación jurídica puedan participar en las decisiones de la justicia. Uno de los argumentos que se esgrimen es que el pueblo no está preparado para resolver conflictos jurídicos. Pero, si el pueblo está preparado para votar y elegir a sus representantes, por qué no hemos de tener confianza en él a la hora de decidir sobre algunas cuestiones jurídicas. Hay dos tareas que los operadores judiciales debemos llevar a cabo: una es capacitar a la ciudadanía; y la segunda es vencer las resistencias de los profesionales del derecho.

 

-¿En qué van a fundar sus decisiones los ciudadanos que formen parte de un jurado?

 

Dr. Del Río: Hay un desconocimiento de cómo funciona el juicio por jurados. En realidad, los ciudadanos no deciden sobre cuestiones jurídicas, sino sobre cuestiones fácticas: si para ellos el hecho que se juzga verdaderamente existió o si el acusado de haber cometido ese hecho es culpable o no culpable. Lo que se le pide al ciudadano es un conocimiento de razonabilidad media.

 

-Los preconceptos operan de manera inconsciente en todas las personas ¿Cómo los controlan los jueces? ¿Qué pasa con los miembros del jurado?

 

Dr. Del Río: En uno de mis viajes a los Estados Unidos pude observar de manera directa cómo trabajan allí los jurados. Vi uno donde el fiscal mostraba una gigantografía con un cuerpo descuartizado señalando al imputado, mientras la defensa trataba de convencer a los miembros del jurado de que no existían pruebas para acusar al imputado. Los jueces tienen la tarea de explicar al jurado cómo y con qué elementos de análisis se debe arribar a una decisión. En este momento tendremos que dar elementos, analizar los hechos y hacer comprender que tiene que tomar una decisión en base a las pruebas que están en el expediente. Opino que luego del debate que se produce durante la deliberación, las personas que integran el jurado modifican sus miradas, sus posiciones previas, sus prejuicios… La construcción de la verdad jurídica es más participativa aquí, y requiere de un grado de compromiso y responsabilidad ciudadana. Cuando la justicia muestre en la experiencia de los jurados cómo se trabaja y cómo se resuelven los conflictos, la gente comprenderá nuestra labor mucho mejor.

 

-¿Qué aspectos positivos tiene que los jueces en nuestro país se designen a través de concursos? ¿Qué sistemas de designación existen en el mundo?

 

Dr. Del Río: En los Estados Unidos es el poder ejecutivo quien designa al candidato para cubrir el cargo de juez y necesita el acuerdo del Senado, pero allí se toman ciertos recaudos, como se hizo con la designación de la jueza Sotomayor. que fue nominada en 2009 por el presidente de los Estados Unidos, Barack Obama, y obtuvo el acuerdo del Senado.

 

-¿Cuáles fueros esos otros recaudos?

 

Dr. Del Río: Se analizó su perfil, se consultó con magistrados de renombre, se analizaron sus sentencias. En cuanto a nuestro país, el hecho de que los jueces sean elegidos por concurso garantiza la idoneidad técnica. Luego podremos discutir si el sistema de selección se puede mejorar.

 

-Usted fue uno de los nueve postulantes que concursaron para ocupar el cargo de juez para el Superior Tribunal de Justicia de la Provincia. ¿Qué le pareció la experiencia? ¿Considera que hay aspectos a mejorar?

 

Dr. Del Río: Considero que haber elegido por concurso a un miembro del Superior Tribunal de Justicia fue un gesto de madurez política institucional. Participé y fue una buena experiencia, pero sostengo que en la ley hay muchos errores. Las exigencias en cuanto a antecedentes académicos que se exigen para poder participar son mínimas. Se valora más la antigüedad en el ejercicio de la profesión o de la magistratura. Pero si vamos a competir en lo técnico, la formación y la solvencia académica deberían ser más valoradas en los puntajes. Hubo tres postulantes que se destacaron sobre el resto, pero los nueve aprobamos la fase de oposición y pasamos a la audiencia pública. Eso dejó la impresión de que todos éramos iguales y los exámenes dijeron otra cosa. A mi entender, sólo tienen que llegar al final los postulantes que obtengan los mejores promedios. La terrible trampa que se generó, incluso para el propio Consejo, fue no restringir el número de postulantes teniendo en cuenta su puntaje, porque si llegan todos los postulantes aumenta el margen de discrecionalidad. Sin embargo, pese a los embates que existieron, fue un proceso de selección en el que se logró priorizar los resultados del examen. Y esto le dio legitimidad al proceso. Y en cuanto a la ley que regula los demás concursos la Ley  4885, creo que deberían existir mecanismos que nos permitan revisar las decisiones finales que toma el Consejo de la Magistratura. Si en nuestro sistema jurídico existen recursos que sirven para revisar las decisiones judiciales, con más razón el Consejo de la Magistratura debería fundar sus decisiones y establecer un mecanismo de revisión. Y existir un orden de mérito que fije claramente si el alcanzó o no alcanzó el nivel de excelencia, es un siete un ocho o un diez.

 

-¿Qué le pareció la Audiencia Pública, que es la etapa donde la participación ciudadana se da con mayor intensidad?

 

Dr. Del Río: Me llevo un gran recuerdo. Fue el momento en que tuve que contestar a las preguntas de la gente, algunas técnicas y otras menos técnicas. Fue un mix entre ciudadanía y profesionales del derecho que aportó cierta riqueza. Y considero que, si bien fue muy larga y agotadora, a la gente que concurrió le sirvió para llevarse una visión del perfil humano de cada uno de los postulantes.

 

Fuente: Prensa Consejo de la Magistratura del Chaco

 

 

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