El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Córdoba dispuso que no corresponde habilitar la suspensión del juicio a prueba, o probation, en las causas en las que se investigan hechos de violencia de género y familiar. El fallo se produjo en un pedido que había efectuado un hombre imputado por lesiones, amenazas y agresión con arma a su esposa. El Tribunal estimó que esos hechos deben ser examinados en un juicio oral. Entretanto, ayer se dio a conocer que Alicia Fiuri, reconocida bailarina de flamenco, sufrió una brutal paliza en su domicilio, por lo cual familiares acusaron a Rafael González Amador, ex pareja de la artista.

El fallo que rechaza la probation en estos casos fue emitido por la Sala Penal del TSJ y está suscripto por las juezas Aída Tarditti, María Esther Cafure y María de las Mercedes Blanc. El texto incluye una recomendación a los demás órganos judiciales de la provincia para que no concedan ese recurso en casos de violencia de género, porque no tendrán “ninguna chance de viabilidad”.

El caso se refería a un hombre imputado por conductas violentas contra su cónyuge, que habían sido calificadas legalmente como “lesiones leves calificadas reiteradas, en concurso real con amenazas reiteradas, agresión con arma y coacción”. El tribunal destacó que esos hechos deben ser resueltos en un juicio oral, pues al estar comprendidos en la problemática de violencia de género o maltrato físico por parte de uno de los integrantes del grupo familiar “se deben agotar todas las medidas tendientes a su esclarecimiento y sanción”.

Las magistradas señalaron que la Argentina adhirió a la Convención de Belem Do Pará, que obliga a los estados firmantes a actuar con la debida diligencia para prevenir, investigar y sancionar la violencia contra la mujer y a establecer procedimientos legales, justos y eficaces para las víctimas, como medidas de protección y un “juicio oportuno”. Conceder la probation al imputado “frustraría la realización del juicio y con ello la posibilidad de dilucidar” en esa instancia “la existencia de los hechos que prima facie han sido calificados como de violencia” familiar y contra la mujer.

El fallo del TSJ señala que la Corte Suprema de Justicia de la Nación también aseveró que, en los casos de violencia contra la mujer, “la adopción de alternativas distintas de la definición del caso en la instancia del debate oral es improcedente”.

La probation, prevista en el artículo 76 bis del Código Penal, establece la posibilidad de conceder la suspensión del juicio a cambio de una reparación, para los casos en que la pena prevista no supere los tres años de prisión. El Código Penal establece que, al presentar la solicitud de probation, el imputado debe “ofrecer hacerse cargo de la reparación del daño en la medida de lo posible, sin que ello implique confesión ni reconocimiento de la responsabilidad civil correspondiente”.

En tanto, ayer se supo que Alicia Fiuri –de 48 años, premiada internacionalmente– sufrió fractura de muñeca, traumatismos múltiples y cortes –uno de ellos, en la frente, requirió una sutura de seis puntos–, como consecuencia de una golpiza que padeció el jueves pasado. González Amador, “cantaor” flamenco, de unos 40 años, fue demorado unas horas por el hecho en la comisaría 9ª y puesto en libertad por orden del Juzgado en lo Criminal y Correccional Federal 3. El episodio se produjo a las dos de la mañana, cuando, según las denuncias, el hombre habría roto la puerta para ingresar en la casa de Fiuri, en Bulnes al 800, y golpeado con furia a la mujer hasta que ella logró escapar y pedir auxilio a los vecinos. Fue llevada al Hospital Ramos Mejía, donde estuvo internada hasta ayer.

 

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