Aunque en 2005 se sancionó la norma que prevé que todo niño tiene derecho a contar con un letrado que lo represente, en el país poco se avanzó en la materia. Córdoba no es la excepción y la figura del “abogado del niño” casi no es utilizada.

“Todo niño tiene derecho a contar con un abogado -preferentemente especializado en niñez y adolescencia- desde el inicio de un procedimiento judicial o administrativo que lo incluya y, en caso de carecer de recursos económicos, el Estado deberá asignarle de oficio un letrado que lo patrocine”. Así lo estipula el artículo 27 de la Ley de Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes Nº 26061, que fue sancionada en el Congreso de la Nación hace ya siete años y a la que Córdoba adhirió en 2011.

Aunque parezca que transcurrió mucho tiempo y que nuestro país debería estar aplicando la figura denominada el “abogado del niño” , la realidad demuestra que está todo por hacerse en la materia y que son más las dudas que las certezas.
En diálogo con Comercio y Justicia, la asesora general tutelar de la ciudad de Buenos Aires, Laura Musa, recordó que cuando se sancionó la ley 26061 el artículo 27 “pasó desapercibido” y que hoy está “todo por hacerse”.

La misma reflexión hizo a este medio la abogada especialista en infancia de Córdoba, Marysel Segovia, quien remarcó que si bien la norma es clara todavía en la provincia “no se avanzó en nada”.

En el ámbito nacional sólo la ciudad de Buenos Aires ha conformado la Asesoría General Tutelar de la Ciudad, con recursos del Estado, que se dedica a atender exclusivamente a los niños institucionalizados o internados con problemas de salud mental. Otras provincias como Santa Cruz y Neuquén también están avanzando para intentar cumplir con la normativa.

Pese a todo, son muchos los escollos os que el artículo 27 de la ley sancionada a fines de 2005 debe enfrentar.
Entre ellos, un Código Civil vetusto que sigue considerando a los niños como menores incapaces y jueces que, en ese contexto, siguen fallando en contra de la posibilidad de que los niños puedan tener derecho a un abogado y a ser escuchados en una audiencia (ver aparte).

Por otra parte, un Estado que poco ha hecho para crear los resortes necesarios para que los abogados atiendan, asesoren y defiendan a los cientos de niños, niñas y adolescentes que son sometidos -por diversas razones – a un procedimiento judicial.

En Córdoba
La realidad de la provincia de Córdoba no escapa a la del resto del país. Si bien la discusión está abierta, todavía no hay nada concreto. La figura del abogado de niño, tal como fue pensada, en la práctica no existe. Según un relevamiento que realizó este medio, para zanjar esta cuestión en los juzgados de Juventud, Niñez, Adolescencia y Familia (ex juzgados de Menores prevencionales) lo que se está haciendo es pedir a los asesores letrados que asuman el rol del abogado del niño. Dicha práctica es materia de cuestionamiento de los especialistas que entienden que ambas figuras no son equivalentes y, por el contrario, sus roles son muy diferentes. En muchos juzgados de Familia, en tanto, lo que se hace es sólo permitir un letrado si el niño es mayor de 14 años.

Paralelamente, según pudo conocer este diario, en el Ministerio de Justicia provincial y el Colegio de Abogados de Córdoba se está trabajando en la creación de un registro de abogados especialistas en infancia que puedan ser convocados para asesorar a los niños cuando sea necesario. El problema es que son pocos los letrados que cuentan con esta especialización. En ese sentido, la Defensoría de los Niños, Niñas y Adolescentes de Córdoba ha comenzado a trabajar para capacitar desde su órbita a profesionales que puedan atender esta temática. Ambas cosas todavía son muy incipientes.

 

 

fuente http://www.comercioyjusticia.com.ar/2013/04/03/los-chicos-no-siempre-son-los-primeros/