La posibilidad de que las whiskerías de Córdoba reabran recibió un revés judicial la semana pasada. El amparo presentado por siete mujeres que ejercían la prostitución en un local de la capital provincial recibió un dictamen desfavorable de la Fiscalía Civil del Poder Judicial local.

Las mujeres pretenden que se declare la inconstitucionalidad de la ley provincial 10.060, conocida como “Ley de Trata”, que se sancionó en mayo pasado y que dispuso la inmediata clausura de las whiskerías, cabarés, clubes nocturnos, boites o establecimientos o locales de alterne. Además, pidieron que, hasta que resuelva el amparo, la Justicia dicte como medida cautelar la suspensión de los cierres de los locales y, por lo tanto, permita la reapertura de la whiskería Tiffanys, donde ejercían la prostitución.

Según las amparistas, en el local –habilitado por la Municipalidad de Córdoba– se desempeñaban como trabajadoras sexuales que ejercen libremente su profesión, donde conseguían clientes y que, a partir de la entrada en vigencia de la norma, se privan sus derechos constitucionales a trabajar y a ejercer toda industria lícita, (artículo 14 de la Constitución). Y recuerdan que la prostitución no constituye en nuestro país un delito reprimido por el Código Penal.

Sin embargo, la fiscal civil de 1ª Nominación, Alicia García de Solavagione se manifestó a favor de la constitucionalidad del a ley 10.060. En su dictamen dijo que los derechos y garantías consagrados por la Constitución no son absolutos y están sujetos a reglamentaciones hechas por ley, como la cuestionada en el amparo.

Y recordó la Ley de Profilaxis de las Enfermedades Venéreas (12.331) y numerosos tratados internacionales. Además, dijo: “No se debe enfocar la cuestión en el principio de la autonomía de la voluntad que le asiste a todo ciudadano argentino, de realizar actos privados protegidos por el artículo 19 de la Constitución. El tema bajo análisis está vinculado con la industria del sexo generado a través de la prostitución. Las actoras no desarrollan actividades exclusivamente en su beneficio sino que se produce una red de comercialización a su alrededor”.

Ahora, es el turno del Juzgado Civil de 41° Nominación: debe decidir sobre la medida cautelar y la inconstitucionalidad de la ley de trata.

 

fuente http://www.lavoz.com.ar/ciudadanos/reves-justicia-para-que-se-reabran-whiskerias