La disparatada causa contra el juez de San Isidro Rafael Sal Lari sumó otra cacofonía: después de que la acusación desistiera de presentar cargos contra Sal Lari –tal como anticipó ayer Página/12–, el jury de enjuiciamiento en lugar de absolver al acusado y cerrar el juicio, decidió dar una última oportunidad, un repechaje al intendente de San Isidro, Gustavo Posse, para que informe si pretende seguir con la acusación. Lo sorprendente es que Posse no está tomado como parte en el juicio, no había participado en las audiencias y, de hecho, ayer ni siquiera se mostró interesado en asistir a la sala para seguir desde el llano un caso que en los inicios supo atacar con pasión mediática.

Convendría actualizar el caso: Rafael Sal Lari, juez de Garantías 3 de San Isidro, fue inicialmente acusado por el caso conocido como Regis, en el que un detenido por portación de armas fue liberado por Sal Lari no por antojo, sino porque la ley dispone que el delito es excarcelable. Al obtener la libertad, en 2005, el ex detenido cometió un asalto en el que mató al ingeniero Carlos Regis. Los familiares comenzaron a reclamar contra la incapacidad adivinatoria de Sal Lari. La amplia difusión mediática del caso Regis llevó de la mano a Posse, que se presentó auspiciando la defenestración del magistrado garantista mediante un jury. Otros nueve casos de cumplimiento de garantías se fueron agregando a la acusación.

De las diez causas planteadas, cinco pasaron el filtro. Cuatro fueron asumidas por la Comisión Bicameral, y la quinta, el caso Regis, fue promovida por Posse. La procuradora de la Suprema Corte, María del Carmen Falbo, no presentó acusación. De todos modos, la Bicameral y Posse decidieron avanzar.

En marzo y abril de 2011, el jurado de enjuiciamiento rechazó cuatro de las cinco acusaciones, entre ellas, el caso Regis, por tratarse de acusaciones sin fundamentos. El caso conocido como González, el único que pasó el filtro de la seriedad, era un absurdo: Sal Lari, a quien Posse acusaba de liberar presos, fue acusado de mantener preso a un detenido. Apelada la decisión, la Cámara revocó la medida del juez y ordenó la excarcelación. Ese mismo día, Sal Lari ordenó a una de sus secretarias que tramitara la libertad inmediata del detenido. La secretaria comunicó la orden a la policía, pero recién siete meses después, el abogado defensor de González descubrió que su defendido seguía preso. El caso llegó por la vía administrativa hasta la Suprema Corte bonaerense, que aplicó una sanción de 15 días a la secretaria, sin encontrar responsable a Sal Lari. “Consideró que era imposible que el juez, ni la Cámara, pudieran enterarse del incumplimiento policial ya que en la parte del expediente que ellos tuvieron en sus manos no figuraba el incidente”, confiaron a este diario desde la defensa.

Paralelamente al pedido de jury, el fiscal general de San Isidro, Julio Novo, promovió una denuncia penal que terminó en papelón y con el sobreseimiento de Sal Lari.

Ante ese panorama, la Comisión Bicameral decidió no acusar. “La ley para enjuiciamiento de magistrados –sostienen en la defensa de Sal Lari– indica que cuando existe representación pública, como la Bicameral, los querellantes particulares deben encolumnarse detrás y dejan de ser tomados como parte.” Así ocurrió. Incluso a Posse le rechazaron la apelación mucho antes de que la Bicameral desistiera.

Ayer, la Bicameral anunció que desistía de acusar. La defensa de Sal Lari, a cargo de Gustavo Trovato y el CELS, presentó entonces el pedido de absolución. Pero para sorpresa de todos, el pedido fue rechazado. Y, curiosamente, el jurado convocó a Posse –quien no está considerado como parte, que no fue acusador en el caso González, y que ni siquiera se encontraba en la sala de audiencias– a una especie de repechaje procesal con un plazo de cinco días para responder si quiere o desiste de tirar al blanco en la kermés. Si Posse responde que sí, habrá que sacar entrada para ver las volteretas que deberá dar el jury para justificarlo como parte y retrotraer el proceso a la fecha en que el intendente dio su último presente. Si responde que no, habrá que suponer la absolución que, hasta ayer, más que suposición era certeza.

 

fuente: http://www.pagina12.com.ar/diario/sociedad/3-198023-2012-07-06.html