Dos años atrás, Claudia Cesaroni publicó el libro La vida como castigo, un relato sobre la vida de seis adolescentes condenados a prisión perpetua. La pena máxima nunca debió haber sido aplicada, más allá de que ninguno era inocente, un procedimiento tal no puede ser sino consecuencia de un fracaso colectivo –esto ocurrió durante el período 1999-2002– además de un acto de inconstitucionalidad por parte del Estado. En este marco se inscriben los intentos de los jóvenes por recuperar su libertad. Y dentro de esa historia está Claudia Cesaroni, recorriendo una y otra vez las cárceles, entre ellas las de Mendoza. Allí visitó a Cristian Saúl Roldán Cajal y a Ricardo David Videla, con quien conversó pocas horas antes de que se ahorcara en su celda, un hecho plagado de irregularidades que tuvo lugar un 21 de junio de 2005, a la edad de 20 años. Meses después la Corte Suprema de Justicia de la Nación cuestionó la aplicación de este tipo de penas y, a la par, especialistas en derechos de la infancia también hicieron lo propio al señalar que resultan violatorias a la Convención sobre los Derechos del Niño. Pero una brecha se estaba por abrir. Claudia Cesaroni bien lo describe como una etapa en la que conviven “dos mundos”. Por un lado, el transcurrir de informes, resoluciones, actos, escritos, audiencias, etc., y por otro lado, jóvenes que continúan estando presos, a la expectativa de una libertad que no llega.

Abogada, criminóloga, ex asesora de la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación y actual miembro del Centro de Estudios en Política Criminal y Derechos Humanos (CEPOC), siguió con atención la transmisión vía Internet de la audiencia del 30 de agosto en San José de Costa Rica, es decir, se podía ver y escuchar en tiempo real todo lo que pasaba en los estrados de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, situación que preanuncia el fallo, de un momento a otro.

–¿Cuál fue su impresión de la audiencia? Si bien su libro concluye con un epílogo, parece que recién ahora se avizora un final para estas historias…

–La sensación más fuerte surgió cuando los jueces plantearon algo que es muy cierto. Ellos dijeron: “No se entiende cómo es que si son pocos casos, el Estado argentino puede exhibir que no se trata de una práctica sistemática, tiene voluntad y reconoce el error judicial, cómo es que no lo resuelven”. Al plantearlo de este modo, sentí reafirmada la idea del libro sobre que esto termina siendo un fracaso colectivo. Precisamente por eso, porque es verdad que son pocos casos, ahora se tratan 5, y en total se han impuesto 12 condenas perpetuas. Se pueden agregar algunos más, por lo que podemos llegar a convenir que son 15 en todo el país. No parece algo tan difícil de resolver. Ahora bien, 5 de esos jóvenes siguen presos, y uno está muerto, lo que tiene implicancias en este proceso. Entonces, esta supuesta facilidad que tiene que ver con el número no se corresponde con otra situación que para mí tiene que ver con la cobardía de muchos de los actores o los protagonistas que están en condiciones de resolverlo.

–No habría que puntualizar quiénes son esas personas. Puntualmente son funcionarios judiciales…

–En este momento claramente hablamos de los integrantes del Tribunal Oral de Menores Nº 1, son ellos a mi juicio quienes tendrían que haber actuado hace rato aceptando el pedido de excarcelación. Aún no lo han hecho. Pero uno también podría pensar que la Cámara de Casación Penal también podría haber ordenado la inmediata libertad así como incluso podría haber aplicado una pena, la que correspondiese al caso. Francamente, ateniéndose a lo que hay, que es el problema jurídico, hemos escuchado el planteo de la defensa pública a lo largo de la audiencia que es: si las condenas se han aplicado es porque tenemos un régimen penal de la minoridad que viene de la dictadura y que es inconstitucional. Es correcto, pero el punto es que eso tal como lo dije en el libro y lo sostuvo la Corte en el 2005, aun con esa normativa se pudo haber dictado sentencias respetuosas de la Convención Internacional de los Derechos del Niño.

–¿Eso desmiente aquello que suelen decir los jueces sobre que no tienen herramientas para actuar?

–Exactamente. Yo creo que no es cierto que no tengan las herramientas, de no ser así, hoy se seguirían aplicando penas de prisión perpetua y eso no ocurre más. Vale la pena explicarlo: la Convención dice que hay que aplicar las penas más breves que proceda y el régimen penal contempla la opción de aplicar la pena de la tentativa que es la más leve. En este sentido le doy la razón a lo que plantearon los representantes del Estado nacional en la audiencia, pero agrego una cosa: esa facultad que tenían los jueces de no elegir la misma pena que un adulto y sí la pena de la tentativa, desde el momento en que la Convención entra a regir en nuestro ordenamiento ya no es más una facultad, es una obligación. Si los jueces hubiesen aplicado dichas penas más leves, Ricardo Videla, Cristian Cajal, Diego García Mendoza, Claudio Núñez y César Mendoza hubiesen cumplido con su obligación de respetar la armonía entre la ley local y la Convención internacional.

–Igualmente es necesario un nuevo régimen penal juvenil.

–Por supuesto, ahí el punto de preocupación es que si bien no se aplican más perpetuas, sí se aplican penas de extensísima duración a adolescentes. Es necesario entonces poner un límite legal, un máximo de pena para un adolescente, donde en mi opinión, en un homicidio tiene que ser de menos de 15 años.

–Bueno, Noruega le aplicó 21 años de prisión a un adulto que asesinó a 70 personas…

–Ese es el máximo de pena que tiene el código penal noruego para un adulto, de haber sido un menor la pena habría sido reducida. Este tipo de cosas nos da la pauta de la desproporción con la que se ha actuado contra estos adolescentes. Para darnos una idea, fueron condenados a penas más altas que los miembros de la junta militar luego del juicio de las juntas. Orlando Agosti, por ejemplo, tuvo una pena de 7 años; Leopoldo Galtieri tuvo una pena de 10 años. Luego, qué pasó. Los genocidas recibieron las penas más altas que contempla el Código Penal, que son 25 años. Y lo que hicieron estos genocidas no guarda ninguna relación con los hechos graves que cometieron esos adolescentes.

–Al señalar las fallas, hay una que es evidente y atañe al sistema penal, donde es fácil ingresar pero muy difícil salir. Tratándose de asuntos que violan la Constitución, no sería necesario pensar para la Argentina la creación de un Tribunal Constitucional?

–El problema es que aquí cualquier juez puede dictar una inconstitucionalidad, llegado un caso concreto. Nosotros, por ejemplo, llevamos el caso Maldonado, que llegó a la instancia final de la Corte y esta, pudiendo declarar una inconstitucionalidad, no lo hizo.

–Pero de haberlo hecho, habría servido sólo para ese caso puntual.

–Pero tenía la oportunidad de declarar la inconstitucionalidad de la norma que faculta la aplicación de una misma pena de adulto a un menor. Se trata de un inciso de la ley, y esa inconstitucionalidad sí habría sido válida para todos los casos. En mi opinión, ahí la Corte, con la que coincidimos en muchas decisiones, se equivocó y dictó un fallo a medias. Otra cosa más hay que decir: también hubo una oportunidad de sancionar una ley de topes. Desde la Secretaría de Derechos Humanos trabajamos un proyecto de ley en este sentido, eso llegó hasta la Jefatura de Gabinete de Ministros –cuando estaba Alberto Fernández– y quedó ahí. Además, también el Poder Ejecutivo pudo haber conmutado las penas, y tampoco lo hizo.

–Desde luego, unos y otros tienen argumentos válidos. El Estado nacional, por caso, se pregunta por qué el Ejecutivo ha de conmutar penas si hay magistrados que tienen que actuar. Esto genera una discusión por demás compleja. ¿Cómo lo analiza?

–A veces la Corte plantea algo que en algún punto es cierto. Ellos dicen que no les corresponde colegislar. Es decir, la Corte no puede arrogarse la facultad de hacerse caer un régimen penal como sería el régimen penal de la minoridad. Pero insisto, puede decir que es inconstitucional toda posibilidad de aplicar a un menor la misma pena que a un adulto y trasladar la discusión a ese otro punto en el que no queda más que la posibilidad de aplicar la pena de la tentativa.

–También es cierto que en el fondo hay un problema político, más que legal. No es casual que se escuchen voces desde la política de bajar la edad de imputabilidad de los menores.

–Por supuesto, es el telón de fondo de lo que hoy en día escuchamos en la calle, en todos lados, con una preocupante desinformación en la base de lo que se discute. Es como cuando se dice que los presos entran por una puerta y salen por la otra. No existe, pero igual se hace bandera de eso. Hoy con lo de votar a los 16 pasa algo similar. Resulta que hay quienes dicen que por qué si se los ha de dejar votar no van también presos a los 16 años de edad….es realmente impresionante escuchárselo decir a comunicadores, a políticos, realmente desconocen que son punibles los de 16 y por ende, desconocen que a esa edad pueden ser condenados a perpetuidad. Esto le suma un ingrediente más a la situación de la que hablábamos al inicio, sobre la falta de voluntad política que hay para abordar los casos que llegaron a la CIDH.

–En Mendoza, Luis Petri propone bajar la edad de imputabilidad, como parte de un discurso de mano dura que encuentra mucho eco en la población. Mientras tanto, Cristian Cajal está preso y es notable el desconocimiento de la sociedad alrededor de su caso.

–Lo de Petri es evidentemente demagógico, consigue votos y adhesión popular sobre la base de pensar en el puro castigo para los chicos. Ya se vio cómo utilizó el tema de las salidas transitorias, toma un elemento, un caso, o una actuación, miente sobre la magnitud de ese caso, y luego se hace una reforma legal que arrastra a toda una categoría de personas, hagan lo que hagan o se porten como se porten. No importa demasiado cómo lograrlo, el tema es que los presos no tengan la posibilidad de salir de la cárcel.

–Esos políticos después no van a la cárcel, no visitaron al menos las instituciones de encierro en el período que usted hizo las entrevistas. Cabe preguntarse ¿por qué será?

–Yo creo que políticos como Petri no van porque en el fondo es casi una cuestión de clase, es otro sector, no les importa, es una especie de concepción sobre cosas que son “la basura”. Y la basura, ya se sabe, se esconde, así como uno no va a un basural a ver basura, ellos no van a la cárcel a ver a los presos. Entonces, sobre el desprecio de la vida de esas personas, cuanto más tiempo estén encerradas, mejor; cuanto más lejos de nuestra vista, mejor. Así es como se hacen cárceles como la de Cacheuta que queda bien lejos, no la vemos si estamos en la ciudad. Ni siquiera la vemos si vamos de paseo a la Cordillera, a mí eso me impresionó porque está tan escondida que salvo que uno se dirija hacia ella, no aparece nunca en ningún punto de la ruta.

–¿Qué tan importante es el caso de Ricardo Videla? Todo parece indicar que las recomendaciones de la CIDH van a tener consecuencias directas en las autoridades provinciales, en varias esferas.

–Si hoy asistimos a este proceso en la Corte Interamericana es porque no sólo hubo penas perpetuas impuestas, también por el modo en que se ejecutaron dichas condenas y en particular, por la muerte de Ricardo Videla, muerte que ocurre cuando la cárcel de Mendoza estaba sujeta a las recomendaciones de la CIDH. El Estado no sólo no investigó cómo se produjo esa muerte sino que además no procedió a evaluar si se hizo lo posible para evitar esa muerte, para prevenirla. Debo decir que los testimonios de los compañeros son muy impresionantes, todos dan cuenta de que Ricardo anunció la decisión de matarse, era algo que estaba en su cabeza, pero como hay un absoluto desprecio por la vida de determinados sujetos, la respuesta de los guardias fue: “Si te colgás, te sancionamos”. O sea, el descreimiento, la burla, la perversión sobre el estado de ánimo que en ese momento tenía Videla hace que aun cuando él se haya colgado, hay dudas sobre si no lo empujaron a hacerlo.

–Bueno, está contado en el libro que previo a ese día, Ricardo Videla había denunciado torturas del personal penitenciario por nota escrita. Eso, más las contradicciones de los guardias, genera dudas.

–Y esas dudas persisten. Yo lo vi diez días antes junto a su abogado Fernando Peñaloza, lo vi una mañana recién salido de una celda de castigo donde había sido mezclado con adultos. Hicimos una queja, y a la tarde ya estaba con los jóvenes, pero cuando fuimos a verlo al módulo de San Felipe –entonces el director era Sergio Miranda– ya estaba bajo uno de esos programas que tienen nombres eufemísticos, a tono con el gusto de los funcionarios, donde todo conduce a estar encerrados 23 horas en una celda. Así estaba Ricardo David Videla y el resto de los jóvenes, cuando fuimos varios nos pidieron que los atendiéramos, algunos lloraban desesperados porque no soportaban más ese régimen de encierro y vigilancia constante. Tomaban diversas pastillas, y aun cuando recibieran a su familia, la tenían que recibir en una especie de pecera vidriada, sin intimidad para siquiera abrazarse. Esas limitaciones son como torniquetes, te van apretando un poco más, una y otra vez, y bueno, algunos terminan así, muertos.

–¿Puede ser que un juez del Tribunal de Menores haya pedido disculpas?

–Sí, el doctor Carlos Parma dijo que estaba arrepentido de haber aplicado este tipo de condenas. Dijo que cuando aplicó esta condena no pensó que se aplicarían de la manera que se aplicaron. Yo no voy a abrir un juicio de valor sobre sus dichos, aunque es evidente lo que yo pienso. Hay una enorme responsabilidad que trasciende la responsabilidad penal a mi juicio que tiene que ver con funcionarios que tal vez nunca sean juzgados penalmente por esas prácticas, lo mismo pasa con los funcionarios políticos en ese momento, las autoridades penitenciarias, personas que avalaron esas prácticas.

–La situación de Cristian Cajal es narrada en su libro, en la audiencia pública se aportaron datos relevantes sobre el porqué sigue preso. ¿Algo de lo que se dijo llamó su atención?

–Yo sabía que la condena de Cristian había sido revisada y que seguía preso, o sea, teóricamente estaba cumplida su pena, si pensamos que fue hace 16 años que se aplicó y fue rebajada a 15 por la Corte Suprema de Mendoza. Según informaron de la Subsecretaría de Derechos Humanos de Mendoza, sigue en prisión por un homicidio cometido en la cárcel, pero en realidad es una imputación, al menos este fue el dato más verosímil que dio el abogado de la defensa pública. Deduzco que Cristian, en realidad, nunca logró la libertad por aquella revisión, ya que la interpretación que hizo la Cámara si bien fue a los efectos del caso por el cual se le había aplicado perpetua, revirtió la unificación de los delitos, esto es una locura, porque si una causa está unificada y en la unificación se dicta cadena de prisión perpetua, lógicamente, entiendo yo, y creo que así lo entendió la Corte al revisar el caso, si se lo beneficia es por todo. Hay que recordar que no entró ayer a la cárcel, sino que lleva 15 años privado de su libertad.

–No deja de ser un caso sintomático: ingresa como adolescente a una prisión donde encuentra condiciones para cometer, ya como adulto, otro delito grave como lo es un homicidio…

–No conozco el caso concretamente, pero es algo que sucede comúnmente dentro de las unidades penitenciarias. Y aun cuando sean responsabilidad de la autoridad, la regla general es que se les atribuye a los presos. Ejemplo concreto: estoy trabajando en otra investigación que tiene que ver con una masacre que sucedió en la dictadura militar en la cárcel de Devoto, que se conoce como Motín de los Colchones. Quemaron los colchones para defenderse de los penitenciarios, luego estos los encerraron y no hicieron nada para salvarlos del incendio. En esa causa judicial no hubo nunca ningún funcionario penitenciario imputado. El único imputado es un preso.

 

fuente http://veintitres.infonews.com/nota-5328-sociedad-Epilogo-de-los-castigados.html