La apuesta de la Defensoría Penal Pública de dar una reparación a las personas que han sido privadas de libertad injustamente se materializa en el Proyecto Inocentes. No es menor atendiendo que hay un margen de error que, se presume, está entre un 2 a un 4% en los procesos penales. Este abogado advierte los costos y beneficios de este desafío.

Domingo 20 de octubre de 2013

Por Fernanda García.

“No hay ningún sistema procesal en el mundo que sea perfecto”, es la premisa con la que Claudio Pérez García (42) Defensor Regional de Valparaíso parte para internarse en los pormenores del proyecto Inocentes, iniciativa que desde agosto fue lanzada a nivel nacional y el próximo 19 de noviembre se “inaugura” oficialmente en la V Región. Entusiasmado con la iniciativa, expone que esta es una de las apuestas de la Defensoría Penal Pública con mayores desafíos desde la partida de la Reforma Procesal Penal el año 2001, y hace una década en la región de Valparaíso.
En el marco de la reunión ampliada que se efectuará en un mes más con la Comisión Nacional del proyecto que convocará a todos los defensores de la región, Pérez instala la responsabilidad que tiene el Estado de compensar alas personas que han sido condenadas, detenidas o encarceladas injustamente. “Esto es como un “reality” a diario uno se enfrenta con realidades que no son las de uno; es fuerte y queremos que nuestros propios defensores sean los encargados de detectar estos casos”.
Magister en Derecho Penal por la Universidad Católica de Valparaíso y Diplomado por la Universidad de Chile en materias vinculadas con la Reforma Procesal Penal, Pérez García –oriundo de Santiago- es abogado egresado en 1996. Ingresó el 01 de agosto a la Defensoría Regional de Valparaíso en calidad de defensor local de Viña del Mar. Con diez años de trayectoria en la zona también se desempeñó como defensor local Jefe de Viña del Mar, Valparaíso y Quilpué y cumplió con un remplazo en la defensoría de Rapa Nui, así como ha estado en la zona de San Felipe y Los Andes. En concurso público postuló a Defensor Regional de Valparaíso y ganó, instalándose en el cargo desde el uno de octubre.

En Chile nunca se había abordado este problema por lo que él estima que es la oportunidad para emprender el camino hacia la reparación de las personas afectadas. “La Defensoría comenzó a cuestionarse respecto a si el sistema puede fallar o pueden cometerse errores durante el proceso penal. Efectivamente la respuesta es afirmativa, no hay ningún sistema penal en el mundo que sea perfecto o esté libre de falencias, por tanto el costo de los errores del sistema es altísimo porque eventualmente personas inocentes pueden terminar en la cárcel”.

LAS REPARACIONES

-Si la constitución plantea la posibilidad de indemnización por error judicial ¿por qué tiene que habilitarse un proyecto especial?

– Lo cierto es que eso prácticamente no se lleva nunca a efecto. Por tanto, lo bueno de este proyecto es que hay interés por parte del Estado, en este caso por la Defensoría Penal Pública- de abrir este espacio de reparación y reconocimiento a la gente que ha estado privada de libertad de manera injusta. El estudio de este tipo de casos ayuda o retroalimenta el sistema el propio sistema de persecución penal para que sea más estricto en cuanto a establecer estándares adecuados de investigación y de respeto a las garantías y con eso tratar de evitar que estos errores se cometan, o al menos se minimicen.

– ¿En qué consiste el Proyecto Inocentes?

– La idea es dar o abrir un espacio de reparación a las personas que han estado privadas de libertad injustamente. La Defensoría empezó a indagar porque diversos autores a nivel mundial señalan, los más conservadores, que los errores en este sentido pueden estar entre un dos a un 2,5% de los casos que se juzgue. Otros hablan de un 3 a un 4% en que se pueden cometer faltas en el proceso penal. Para hacer el estudio se le solicitó a los defensores buscar entre los casos que habían tramitado, cuáles estimaban que habían sido detenciones injustas. La Defensoría realizó una comisión interna, se invitó a participar a profesores que se dedican al ámbito del derecho penal y del derecho procesal penal para estudiar estos casos. Esto se abrió también a abogados del mundo privado y por cierto fueron muchos, pero la comisión fue bastante estricta y se hizo un levantamiento de 29 casos que están en la página webwww.proyectoinocentes.cl, entre los cuales, dos son de la región, uno de Quillota y otro de Viña del Mar, en el que me tocó participar en la parte intermedia y la final cuando se hace el sobreseimiento.

– El caso de Viña es el que se vio involucrado al un conductor de tv Pablo Mackenna…
– Si justamente.

– A propósito de ese caso tan bullado ¿ahí por ejemplo dónde estaría el error?

-Para detectar estos errores, los distintos actores a nivel internacional y ver nuestra propia realidad se determinaron seis causales que pueden provocar que el sistema ejecute la detención de una persona de manera incorrecta: la identificación errónea, la declaración falsa, la falsa confesión, el error pericial o ciencia limitada, la mala conducta de agentes del Estado y finalmente la mala conducta del defensor (también tenemos que asumir nuestros errores). En ese caso hay una declaración falsa de la mamá de la niña que lleva a que Carabineros realice un procedimiento frente a la denuncia.

– ¿El error es de Carabineros…?

– No se trata de buscar culpables o apuntar con el dedo el trabajo de las policías, tribunales o fiscalía. Se trata de minimizar los errores que todos podemos cometer. La idea es que justamente todos los actores, Carabineros, Ministerio Público, defensoría, Tribunales de Justicia y los agentes colaboradores como podrían ser los peritos –que forman parte del proceso penal- revisen su propio accionar, sus protocolos, de tal manera que este tipo de situaciones no ocurran. En ese momento existía la denuncia de la madre, sin embrago había una prueba material que era la cámara de televigilancia en que se veía que los segundos en que él estuvo con la menor fueron bastante limitados, no más de 20. Ese video no se revisa y nos quedamos con la declaración apresurada de la señora que, dentro de las causales de error, se puede calificar como falsa declaración.

¿Según el procedimiento, entonces era inevitable que lo detuvieran siendo inocente?

-Yo lo planteo al revés, si no hubiésemos contado con los otros medios de prueba –en este caso la cámara- tal vez él hubiese estado con una privación de libertad mayor. Pro suerte al otro día de la detención se logró recabar esa otra prueba por parte de las policías desde el casino, alas 24 horas de ser detenido.

INDEMNIZACIÓN MONETARIA

¿Por qué dentro de la reparación no se contemplan indemnizaciones monetarias?

Este es un primer paso en cuanto a entregar de alguna forma esta reparación. La gente afectada agradece esta plataforma porque sienten que alguien los está escuchando. Ahí hay una gran reparación desde el punto de vista individual como persona. No obstante yo esperaría más adelante con la sensibilización que puede lograr este proyecto que, las autoridades entiendan que efectivamente ocurre y que no basta con esta reparación que la Defensoría puede entregar. Es razonable que es apersona reciba algún tipo de indemnización por la privación de libertad que sufrió y por sentirse apuntado por la sociedad como un presunto autor de un delito que nunca cometió. Por eso la importancia de rescatar cuestiones básicas del sistema que a veces se nos olvidan, como es la presunción de inocencia. Se es inocente hasta que no se demuestre lo contrario y que se hayan agotado los recursos respecto de esta sentencia condenatoria.

¿Hasta donde tanta exhaustividad que busca “error cero” puede dejar libre a gente que si ha cometido un delito?

-¿Nosotros podemos permitirnos como Estado nación o ciudadanos que una persona inocente esté en la cárcel? Esa es la pregunta. Yo creo quela respuesta de todos es no, no podemos permitirnos eso y aquí viene un razonamiento muy judicial: ¿qué es preferible un culpable en libertad o un inocente preso?

-Qué es pero para usted?

-Si vamos a ser exhaustivos en esta búsqueda de un mejor sistema el costo debemos asumirlo como sociedad. Es preferible que eventualmente cometamos un error dejando a una persona culpable afuera por no tener a un inocente privado de libertad, eso es gravísimo. Frente a eso no hay reparación alguna capaz de reparar el tiempo perdido de la persona que estuvo en la cárcel injustamente. Eso no tiene precio.

-¿La gran duda es si este Proyecto Inocentes puede impedir que haya sanciones en casos de alta connotación social, como por ejemplo lo que ocurre con los encapuchados? Eso también es una distorsión del sistema.

-En ese contexto de una manifestación social si bien puede darse el caso de un error en la identificación o una mala conducta por parte de agentes del Estado, de lo que se trata insisto, es que debemos mejorar los procedimientos. Hace dos años como defensor me tocó ver un procedimiento de alta calidad técnica por parte de la PDI en donde yo no podía hacer nada. Las policías aportaron fotos de las personas que rompieron la reja de una farmacia, hicieron la secuencia, siguieron a la persona que salió con los productos del local, era un encapuchado y es detenido con todas las especies, no era cuestionable. El tipo estuvo preso aproximadamente cuatro meses. Ahí hay un trabajo técnico de buena calidad y a eso tenemos que aspirar porque no necesitamos ninguna herramienta procesal extra como la que se esta discutiendo actualmente para –en caso concreto- detener a una persona encapuchada sin cuestionar el actuar de las policías.

-¿Pero cuál es el eslabón más débil, el más recurrente, porque puede pasar lo contrario, un violentista quedar libre de polvo y paja?

Tal vez, teniendo que escoger entre las seis causales, en un caso se puede dar más de una…pero en este minuto si pensara en la más recurrente está el error en el reconocimiento, ese es un tema sensible en el día a día. Si había algo bueno en el sistema anterior, de Código de Procedimiento Penal (el antiguo) es que se regulaba la llamada rueda de presos. Si yo quería hacer un reconocimiento en serio tomaba a siete personas con características similares físicas y en base a eso la persona que se presentaba como testigo o víctima tenía que efectuar el reconocimiento. Eso en la actualidad no está regulado y a veces ocurre que s ele exhibe a una sola persona, entonces que posibilidad de escoger tengo. La posibilidad de equivocarme es mucho mayor.

CASO PEÑABLANCA

-Hay un caso emblemático, el triple homicidio de Peñablanca, en que al imputado Pablo Aravena, se le absolvió primero por unanimidad y luego, después que se anuló el juicio, fue sometido a un segundo proceso y encontrado culpable, otra vez por unanimidad. A su juicio ¿es culpable o inocente?

Es un caso particular. La regla general es que haya un solo juicio y excepcionalmente dos. Tres es una situación extraña, como es el caso de Enrique Orellana, (exejecutivo del Banco Estado). Yo me quedo –obviamente como actor del sistema con el fallo del tribunal; si este segundo juicio señala que es culpable, yo como interviniente del sistema, no como abogado de este señor, tengo que ser respetuoso. Esta persona fue encontrada culpable en un juicio oral, público y contradictorio en el que contó con asesoramiento legal de calidad. Frente a eso me quedo con la respuesta que da el tribunal, él es culpable.

-Esa diametralidad genera suspicacias y desconfianza en la opinión pública.

-En este caso, mi critica al sistema es que tiene que haber un proceso de doble conformidad y eso no está regulado…es decir si a mi, en el caso concreto de Aravena, tres jueces me declaran inocente, se declara después de la nulidad y se repite el juicio y me declaran en este segundo juicio culpable por unanimidad, él debiese tener la posibilidad de un tercer juicio y que la Corte revise este segundo juicio. Y eso no existe. Por eso, el caso de Orellana es diverso y muy limitado porque a él entonces lo condenan lo absuelven y como lo absuelven la otra parte tiene derecho a un tercer juicio; en el caso de Aravena es eso, pedir un tercer juicio, porque ni él ni la otra parte tiene la posibilidad de recurrir a eso. Como digo falta la doble conformidad.

-La desconfianza es que las resoluciones son a criterio de los jueces.

-Lo que sucede es que todos los días esta máquina que es el sistema procesal funciona en todo el país. Diariamente hay cientos de miles de audiencias y hay casos que son mediáticos y que eventualmente se puede dar una situación en que el público no comprenda porqué una persona que aparecía como culpable de un delito es dejada en libertad…
-Lo que parece es que la tendencia es que los jueces de garantía deliberan –generalmente por falta de pruebas- a favor de los delincuentes.

-Malamente se da esta muletilla de decir “ahhh los jueces son garantistas…” Pero si el nombre del juez como institución es ser juez de garantía; a eso esta llamado, lo ilógico o extraño es que le juez no actuara respetando las garantías y derechos que tienen las personas que son detenidas. El juez está cumpliendo con su deber de hacer cumplir la ley y los derechos y garantías de las personas. No podemos hablar de jueces más o menos garantistas, los jueces de garantía son de garantía. Lo que si puedo visualizar es que falta mayor conocimiento de cómo los jueces toman las decisiones, como sociedad no sabemos bien como funciona el sistema.

 

http://www.proyectoinocentes.cl/sala_prensa/noticias_detalle/64/es-preferible-un-culpable-libre-que-tener-un-inocente-en-la-carcel