La reforma al Código de Faltas que sacará a la Policía la facultad de juzgamiento para contravenciones como el merodeo, pone al Poder Judicial ante la necesidad de contar con mayor capacidad edilicia y de personal, que hasta el momento aseguran carecer.

Una investigación de Informes Crónica reveló las condiciones de la Justicia para recibir las demandas contravencionales, que -según lo relevado- carecen de infraestructura y personal para responder a la modificación que modifica la figura del merodeo en el Código de Faltas.
En la inauguración de sesiones en la Legislatura, el gobernador José Manuel de la Sota anunció el envío de un proyecto de modificación de Código de Faltas, que modifica la figura de merodeo a partir de la cual para la intervención de la policía será necesaria una denuncia previa de una persona identificable y se anula la facultad de juzgamiento que tienen comisarios y subcomisarios.
«Es la anulación de la facultad de juzgamiento que tienen actualmente los comisarios y subcomisarios, transfiriendo dicho poder a las autoridades del Poder Judicial», expresó el mandatario provincial en la apertura de sesiones de la Unicameral.
Al respecto, consultados por Informes Crónica, el delegado gremial de la Policía Judicial, Pablo Olmedo, sostuvo que si nos dirigimos a la oficina de notificadores, ubicada en Tribunales I, «donde la problemática no pasa únicamente por la cuestión edilicia sino por la falta de personal».
Uno de los empleados de dicha área puso sus reparos en la viabilidad de la propuesta en que «la litigiosidad está aumentando» notablemente.
Uno de los letrados que debía ingresar una notificación señaló a las cámaras de Canal 10 que «todo Tribunales está saturado».
Por su parte, Victoria Barutta, delegada del área de Tribunales de Familia, indicó que fueron creados durante la década del noventa, con dos cámaras de familia, cuatro juzgados y seis asesorías. «En los 20 años que han transcurrido, solamente se han agregado dos juzgados más», indicó.
«Una ciudad como Mendoza cuenta con 16 juzgados de familia, Montevideo -con similar cantidad de habitantes- tiene 27 y Córdoba solamente seis», explicó.
Por otro lado, Gabriela Cuevas, empleada en Tribunales I, remarcó que no disponen de «las condiciones necesarias y dignas» para la atención de las demandas por parte del equipo técnico de Niñez, Juventud, Violencia Familiar y Penal Juvenil.
«Trabajamos con los niños y adolescentes que cometen delitos», afirmó.
Finalmente, de igual modo, Leandro Moisos, delegado de la Unidad Judicial 12, adelantó que «será imposible atender todas las demandas contravencionales» por no contar con la «estructura edilicia ni el personal» necesario para cubrir las denuncias.
Así, la competencia para aplicar penas previstas en la Ley 8431 quedará, una vez aprobada la ley en la Legislatura, reservada a los fiscales de instrucción o los jueces de Paz.
La modificación de la figura de «merodeo» requerirá la existencia de denuncia previa hecha por persona identificable, eliminándose la actuación de oficio.

 

http://www.lmcordoba.com.ar/nota/157139_informe-revela-que-justicia-carece-de-medios-para-sustituir-rol-de-comisarios