Por Víctor Emilio Del Río *

Existe una gran alegría en todos los juradistas del país, que hace años venimos bregando por la instalación de juicio por jurados populares. Si bien se trata del primer juicio por jurados populares de la provincia de Buenos Aires (Ver NOTA RELACIONADA), no es la primera experiencia nacional, ya que en Neuquén se han realizado juicios como también en Córdoba con un jurado mixto-escabino. Pero es innegable la trascendencia social por el efecto comunicativo que significa que se realice este primer juicio por jurados en la provincia de mayor importancia poblacional del país. 

El veredicto de absolución que conocemos por las noticias, nos pone a las claras que los doce jurados pudieron advertir alguna causa de justificación por la cual optaron por la absolución. Seguramente pronto tendremos mayor información para explicar mejor lo que se ventiló en este histórico juicio. Pero quiero destacar que esta decisión demuestra que caen algunos mitos ciudadanos, como aquellos que postulan que el ciudadano común es incapaz de comprender lo que sucede en un juicio. Este constante argumento con el cual se ataca a la institución del juicio por jurados, en las prácticas del mundo se ha exhibido como falsas. En realidad esta postura oculta detrás de sí, una falta de confianza en el pueblo; se descree que el hombre común pueda tomar decisiones responsables, desvalorizando sus condiciones para acceder a nuestro conocimiento ilustrado y académico haciéndoles creer que es un terreno exclusivo donde les será imposible comprender nuestras cuestiones técnicas. Pero debemos comprender que el ciudadano puesto a la tarea de ser jurado, comprende que se encuentra en un ámbito totalmente distinto. Comprende que cada uno de ellos como jurado emite una decisión sobre el destino de una vida. Ya no lo hace con la liviandad y comodidad de opinión de un espectador televisivo. Ya no opinará como lo hacemos en una acalorada discusión en el bar o en una charla en familia o con amigos. Sino en un ámbito de carga publica, donde comprende que ahora es responsable de decidir sobre la inocencia o culpabilidad de una persona que está a resultas de su decisión responsable y razonable; donde esencialmente comprende que su libertad o condena en prisión será producto de un análisis reflexivo de las pruebas que se ventilaron en un juicio. 

Llegarán al veredicto luego de deliberar, posterior al debate donde pudieron analizar todas las pruebas, escucharon los alegatos de las partes y finalmente las instrucciones que les impartirá el juez para ayudarlos a llegar a su decisión. El pueblo puede comprender cuestiones jurídicas si se las explica bien. Respetemos al pueblo y no descreamos de él. No hay discusiones técnicas que deba resolver el jurado, pues solo resolverá sobre hechos definiendo lo que se ha logrado probar. Las cuestiones técnicas conflictivas serán resueltas antes por el Juez y las partes. Finalmente ello les permitirá analizar las pruebas, estimar si el hecho se encuentra probado dentro de algunas de las propuestas que formarán parte de las instrucciones impartidas por el juez. Todo ello se deberá explicar en forma sencilla para poder ser comprendido por el jurado para arribar a un veredicto. 

Una nueva forma de litigar, donde se facilita la transmisión de las razones jurídicas para que el jurado pueda resolver los casos, empleando un lenguaje claro y entendible, permitiendo que los ciudadanos y toda la sociedad comprendan las decisiones. Donde el jurado, y el público que observa, van comprendiendo y validando el sistema judicial, fortaleciendo el acercamiento del pueblo a la justicia para así reconstruir un ejercicio responsable de ciudadanía. Sin duda, esto permitirá legitimar las resoluciones judiciales dando el marco del verdadero concepto de democratización en la administración de justicia en materia penal. Permite además que el acusado sea juzgado por sus pares, lo cual proporciona una forma de democracia directa que le da al veredicto unánime de culpabilidad o no culpabilidad una fuerza política y social indiscutible. El juicio por jurados no solo legitima la decisión judicial, sino que avanza en la publicidad y transparencia que debe signar la actividad de todos los órganos estatales del sistema republicano. Nos permite un intercambio de visiones entre la realidad jurídica y la realidad social y los valores que palpitan en la misma. Veredicto, donde el pueblo se sienta parte de hacer justicia, la construcción de una nueva justicia donde se una a los ciudadanos con su administración de justicia, haciéndose todos responsables de “hacer justicia”. Es una alegría que después de cientos de años, se esté reconstruyendo un sistema judicial tal como lo pensaron nuestros constituyentes, con profunda inspiración republicana que como toda revolución contra monárquica descreía en la forma de administración de justicia colonial. 

Por ello el juicio por jurados es la forma de reconstruir un Estado Republicano, que ha elegido la Democracia como forma de gobierno. Esta es la propuesta mejorada que se ha presentado en la Cámara de Diputados, pretendiendo con ella una verdadera transformación de la justicia penal chaqueña y la profundización del sistema acusatorio, configurando un eje esencial en el diseño de las políticas públicas del Estado Democrático de Derecho, debiendo resguardarse equilibradamente en ella los intereses de los acusados y de la sociedad en su conjunto. Esperamos que nuestra Provincia nuevamente este a la vanguardia de y también pronto se pueda contar con nuestro primer veredicto emitido por el Jurado del honorable pueblo del Chaco.
 

* Juez de la Cámara Segunda en lo Criminal de Resistencia

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