La Asociación Pensamiento Penal envió un documento destinado a la gobernadora, Lucía Corpacci, poniendo objeciones a la construcción de la Cárcel para Mujeres, proyecto presentado recientemente al Ejecutivo provincial. La entidad civil, integrada por operadores del sistema penal, entre los que se incluyen jueces, fiscales, defensores, abogados de la matrícula, docentes y estudiantes de todo el país, que bregan por la promoción, el respeto y resguardo de los derechos humanos en general, pero particularmente para las personas privadas de su libertad, se dirige a la primera mandataria, a través de una misiva para, en primer lugar, solicitar que sean mejoradas las condiciones actuales en que viven las mujeres alojadas en la cárcel de Mujeres actual o Servicio Penitenciario Unidad 3.
Según lo que la agrupación destaca en su escrito, en la actualidad, las personas de sexo femenino privadas de la libertad de Catamarca viven en situación de hacinamiento, y no se propicia a las internas un alojamiento digno, en términos constitucionales y convencionales.
El documento sostiene que “se deben articular acciones para favorecer el derecho a la reinserción social, a la educación, a la igualdad, al trabajo como forma de reinserción social, y a la salud”, lo que no se estaría cumpliendo por el momento en el escenario mencionado.

Alerta

En este sentido, la asociación sin fines de lucro, alerta con esta misiva a la gobernadora, Lucía Corpacci, sobre los números que se proponen en el proyecto para la nueva cárcel, ya que los mismos superan ampliamente a los que se manejan actualmente de manera local.
Teniendo en cuenta que en la actualidad son 24 las mujeres privadas de la libertad, de las cuales tan sólo 20 se encuentran alojadas en la cárcel, y que las nuevas instalaciones pretenden albergar en su primer año a 162 personas en celdas dobles, el organismo considera que “dicha iniciativa parecería indicar la decisión de incrementar la población penitenciaria femenina, ya que de otro modo no se explica el notorio incremento de la capacidad de alojamiento proyectada”; más aún si se tiene en cuenta que el diseño de las instalaciones carcelarias tiene previsto que, de ser necesario, puedan ser alojadas en sus dependencias un total de 400 internas, si se distribuyen en celdas triples, pensando en el escenario más desfavorable posible.

Discrepancia

La APP, por lo tanto, aduce en su carta que “debemos discrepar en tanto y en cuanto, lejos de incrementarse la población penitenciaria. Las racionales políticas estatales deben apuntar a su disminución, apelando para ello a medios alternativos al encarcelamiento, máxime cuando se trata de sectores particularmente vulnerables, como es el caso de las mujeres. Sin duda, se cumple la máxima de que “las cárceles se llenan en cuanto se construyen”. Saben encontrar el culpable adecuado a la plaza de que disponen. Por eso, el primer efecto de las cárceles es que se llenan. Y esto se hace porque la política criminal sigue centrada en los aspectos más punitivos. De este modo, el sistema se retroalimenta y acabamos tomando los efectos por las causas. Así, el problema deja de ser el problema. Ya no es preciso pensar en términos de desigualdad social, de precariedad de vida y extrema vulnerabilidad. No son precisas políticas redistribuidoras de renta, facilitadoras de protección y promoción social. Sólo es preciso castigar a la persona que delinque. Acaba teniendo razón el sociólogo Durkheim cuando afirmaba que la función de la pena consiste en mantener intacta la cohesión social, conservando en toda su vitalidad la conciencia común”.

Reflexión

Por último, el ente tiene en cuenta la necesidad de “considerar el conflicto penal desde otra perspectiva y buscar respuestas dentro del resto de los conflictos sociales, buscando alternativas globales y sustitutivos parciales. Mientras esto no ocurra, las continuas apelaciones para desviar la atención hacia la máquina penal como respuesta, proyectando en ella injustificadas expectativas, estarán abocadas fatalmente al fracaso”, poniendo de manifiesto que las sanciones no privativas de libertad, que funcionan como alternativa al encierro, son fundamentales a fines de evitar el hacinamiento o superpoblación en las cárceles. Por consiguiente, cumplen con los objetivos que se piden a la prisión: “seguridad ciudadana y prevención del delito”.

 

http://www.elesquiu.com/notas/2013/10/16/policiales-299241.asp