Tomaselli fue preso en abril de 2011 por haber violado a la joven. Posteriormente fue liberado. Lo logró porque el 2 de diciembre de ese año, jueces del Tribunal de Impugnación Penal aplicaron la figura del avenimiento, es decir, el «perdón» de la víctima.

Una semana después de la liberación, el 10 de diciembre de 2011, Tomaselli tomó un cuchillo y le aplicó 15 puñaladas a su esposa, frente a su hijo de 3 años de edad.

El caso de Carla Figueroa provocó una gran conmoción a nivel nacional y llevó a la derogación de la figura del avenimiento, por parte del Congreso nacional, en el Código Penal.

A su vez, uno de los jueces que permitió el «avenimiento», Gustavo Jensen, se jubiló anticipadamente para evitar el juicio político, en tanto que otro, Carlos Flores, decidió afrontarlo.

La fiscal Ivana Hernández dijo, pocas horas después de cometido el asesinato, que estaba preparando una apelación a la resolución del TIP. Finalmente la presentó poco después y ahora el STJ resolvió. Obvio, lo hizo en contra de la medida del TIP.

Los jueces de la Sala B del STJ consideraron que hubo una «errónea aplicación de la ley sustantiva de los arts. 75, inc. 22 y 24, de la Constitución Nacional, arts. 3, 5, inc. 2 y 3, y art. 28 de la ley 26.485 y 76 bis del C.P. (conf. arts. 419, incs. 1º y 2º del C.P.P.)».

De esa manera, proseguirá la causa por violación contra Tomaselli y se hará un nuevo juicio. Este confeso asesino, recientemente, fue condenado a 35 años de prisión por haber matado a Carla.

 

 

 

fuente http://www.diariotextual.com/index.php/sociedad/28198-caso-carla-ocho-meses-despues-del-crimen-jueces-del-stj-fallaron-en-contra-del-avenimiento