El texto llegó de la mano del senador Guastavino. Página Judicial tuvo acceso a la iniciativa elaborada por el reconocido penalista. El proyecto sustituye “la instrucción de los juzgados” por una “investigación penal preparatoria (IPP)”, a cargo de fiscalías penales especializadas que intervienen desde la primer noticia del delito. Los puntos más importantes.

Para ser precisos no es la primera vez que un proyecto de reforma del Código Procesal Penal de Julio Federik llega a Buenos Aires. El ex diputado nacional por el Frente para la Victoria, Raúl Barrandeguy, hizo un intento durante su mandato. Ahora, quien le dará impulso, seguramente con más posibilidades de que se debate por el lugar que ocupa es Guillermo Guastavino, presidente de la Comisión de Justicia y Asuntos Penales del Senado de la Nación.

El antecedente directo a esta iniciativa elaborada por el penalista de Paraná es el nuevo Código Procesal de Entre Ríos, que se encuentra vigente en casi la totalidad de la provincia. El mismo, como el que presentará el legislador nacional, está estructurado con el sistema acusatorio.

El proyecto sustituye “la instrucción de los juzgados” por una “investigación penal preparatoria (IPP)”, a cargo de fiscalías penales especializadas que intervienen desde la primer noticia del delito. “Ahora bien, cuando ha obtenido prueba suficiente para formular y sostener la acusación, puede pedir el juicio oral, aunque la investigación no se haya agotado en aspectos no esenciales, lo que permite un juzgamiento sin demoras”, apunta el autor. Ese juicio se llevará a cabo ante los Tribunales de Juicio o Jurados, según los casos.

Para hacer funcionar este sistema bastará reorganizar los recursos existentes en las estructuras orgánicas de la Justicia Penal, el Ministerio Público y las Fuerzas de Seguridad.

Para Federik, “la imposibilidad de respuesta judicial por el desborde de incontables casos que quedan en los anaqueles es la principal causa de la impunidad sistémica”.
“Esta impunidad provocada por la incapacidad del sistema retroalimenta la inseguridad ciudadana, internalizándose la convicción que el delito es un negocio al no existir la respuesta estatal suficiente”, agrega en su análisis.

El proyecto – al que tuvo acceso Página Judicial – contiene distintos procedimientos, se trate de casos graves o medianos y casos menores. Los primeros con un procedimiento común, que prevé variantes para los casos gravísimos, como los de terrorismo y lesa humanidad, en los que se pone la investigación y persecución bajo la directa conducción del procurador general, que tendrá un importante apoyo estatal, como el acceso a la información clasificada del Estado.

En los casos del crimen organizado, el procurador podrá ordenar la extensión de la persecución a los aspectos patrimoniales vinculados directa e indirectamente con el grupo, para lograr la recuperación o la incautación de activos que se constituyen en medios para la actividad criminal.

Fiscales

El control sobre el debido proceso y el aseguramiento de las garantías de cada una de las partes queda en manos de un juez. Pero además se establece otro control fundamental: hay un control de la gestión de los fiscales, a cargo de los fiscales de rango superior, como existe en los grandes estudios jurídicos, respecto de los abogados nuevos.

En lo que respecta al juicio oral, lo actualiza sobre la base de la experiencia de los últimos años. “Consagra la posibilidad de juzgar primero la culpabilidad y recién sobre su base, en audiencia posterior, tener la posibilidad real de discutir la pena y su monto, lo que es un avance dirigido la justa aplicación del castigo, cuando en la generalidad de los casos el planteo absolutorio restringe esta discusión para no debilitarse”, explica Federik.

El proyecto prevé el sistema de Juicio por Jurado a opción del imputado, con lo que desaparecen las críticas que genera la obligatoriedad de este sistema. Se prevée sólo para algunos supuestos de gravedad mayor. Por lo demás mantiene el régimen de nulidad vigente y los recursos conocidos, reelaborando la normativa de Casación en consonancia con la exigencia del doble conforme.

Las excarcelaciones – en el texto que ingresó en el Senado- “se ajustan a la norma constitucional pero le quita la irracional automaticidad y la ciñe al agravio que el delito ha causado a la víctima, señalando pautas concretas a tener en cuenta para su concesión o rechazo”, dice Federik.

El Senado abrió el debate de la reforma del Código Procesal Penal en una reunión de la Comisión de Justicia y Asuntos Penales, que preside Guastavino. Se discutirán también en ese ámbito proyectos presentados por los senadores Ernesto Sanz y Eugenio Artaza (UCR). También se pondrán a consideración otras iniciativas con propuestas de modificaciones parciales al Código, planteadas por los senadores Sanz y Mario Cimadevilla (UCR), por el senador Sergio Mansilla (FPV-Tucumán), Roberto Basualdo (Compromiso Federal-San Juan) y de Liliana Fellener (FPV-Jujuy), entre otros.