El Consejo de la Magistratura porteño elevó a la Legislatura el proyecto que impulsa la instauración del juicio por jurados en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. La iniciativa fue elaborada por una comisión redactora ad honorem, conformada por juristas, académicos, consejeros y legisladores, entre ellos, Aníbal Ibarra (del interbloque kirchnerista) y Helio Rebot (PRO).

El proyecto indica que el sistema oral deberá ser obligatorio en el fuero penal para todos aquellos delitos que tengan una pena mínima de ocho o más años (por ejemplo, portación de armas de fuego de uso civil agravada y abandono de persona seguido de muerte). Pero además, podrá utilizarse, a pedido del acusado, para las causas por amenazas, usurpación, abandono de persona o ejercicio ilegal de la medicina, entre otras.

Para ser integrante del jurado se requerirá ser argentino, con dos años de ejercicio de la ciudadanía en el caso de los naturalizados, tener entre 18 y 75 años de edad, saber leer y escribir, tener domicilio conocido y una residencia inmediata no inferior a cuatro años en la Ciudad. En cambio, no podrán ser convocados abogados, escribanos, funcionarios públicos, miembros del Poder Judicial ni los ciudadanos condenados a pena privativa de libertad. Será una carga pública y quienes salgan sorteados podrán excusarse con causales legítimas, como también ser recusados por cada una de las partes. Además, se prevé respetar la equidad de género en la composición del cuerpo de doce miembros.

Para la elección de los jurados, el Consejo de la Magistratura elaborará el padrón de personas que cumplan los requisitos previstos en la ley y estén registrados en el padrón electoral porteño, el primer día hábil del mes de octubre de cada año. Dentro de los quince días anteriores al inicio del juicio, y previa notificación a las partes, la Oficina de Jurados procederá en acto público al sorteo los jurados. El jurado quedará constituido el mismo día que se desarrolle el juicio.

Los tres veredictos que por unanimidad podrá votar el jurado serán “Culpable”, “no culpable” o “no culpable por inimputabilidad”. Si el fallo fuese absolutorio será irrecurrible.

El titular del Consejo, Juan Manuel Olmos, destacó “el consenso alcanzado en la redacción del proyecto”, y señaló que “es muy importante involucrar a la ciudadanía en el proceso penal y ampliar la participación popular en la Ciudad, cuya Constitución plantea esa participación como herramienta para resolver problemas de la sociedad”.

La comisión redactora fue creada por resolución del Consejo de la Magistratura de la Ciudad. Formaron parte de esa comisión: el juez y ex consejero, Gustavo Letner, el consejero Sebastián De Stefano, los legisladores porteños Aníbal Ibarra y Helio Rebot; el presidente y vice de la Asociación Argentina de Juicio por Jurados, Héctor Granillo Fernández y Andrés Harfuch; las juezas de la Ciudad Marta Paz, Carla Cavaliere y Claudia Alvaro, y el juez de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal, Gustavo Bruzzone, entre otros.

 

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