20:49 | La iniciativa fue aprobada esta tarde. “Quienes cometen estos delitos son personas enfermas, que reinciden en el delito”, explicó el diputado Peche.
Carim Peche, presidente del interbloque de la Alianza explica que se propone esta incorporación al articulado de la ley “en virtud de que quienes cometen estos delitos son personas enfermas, que de acuerdo a los informes estadísticos reinciden prácticamente de inmediato en el delito. Además, en el entendimiento que el beneficio del indulto y la conmutación de penas deben aplicarse en forma restrictiva es necesario que la comunidad pueda tener la seguridad de que por vía administrativa no se devolverá al delincuente a la calle, con el trastorno que ello generaría”.

La nueva norma establece una reforma a la ley de Régimen de Indulto y Conmutación de Penas. la prohibición de otorgar los beneficios a los que se refiere la presente Ley a los condenados por los delitos previstos en el Título 3, del Libro Segundo del Código Penal Argentino y que hayan sido beneficiados con el indulto o la conmutación y aún no hubiesen transcurrido cinco años desde que se le acordara el mencionado beneficio.


“Con esta iniciativa se estaría preservando la tranquilidad, la seguridad y la salud de la comunidad al inhabilitar la posibilidad de que se beneficie a quienes cometen este tipo de delitos (violaciones), pero también se protege con mayor vigor a los menores de 18 años, quienes a partir de la reforma constitucional de 1994 son niños. Y, se exceptúa del beneficio a los condenados por los delitos de corrupción, trata de personas, etc”.

“Este proyecto – sostuvo – además, una forma de prevenir la inmediata reincorporación a la comunidad de delincuentes que generan temor y que alteran la convivencia social y en el interés por la persecución en serio de los delitos, dando las pautas de que las penas están para ser cumplidas”, afirmó.

 

Fuente: http://www.diariochaco.com/noticia.php?numero=145439