Tres estudiantes fueron sorprendidos por la policía el lunes pasado en uno de los predios verdes de la Universidad Nacional de Cuyo. Los efectivos se les acercaron y los trasladaron a la comisaría sin mediar explicación alguna. El hecho ocurrió a las 16 luego de que los alumnos, mayores de edad y con documentos en sus billeteras, salieran de uno de los edificios académicos de cursar algunas materias.

Según les argumentaron los uniformados, el procedimiento era por “averiguación de antecedentes”. Los llevaron a la Comisaría 5ª, los metieron en un calabozo y los tuvieron incomunicados de sus familiares hasta las 19.30, momento en que una de las madres, desesperada por la ausencia de su hijo, a quien esperaba y nunca llegó, comenzó a llamar a todas las comisarías.

Finalmente sólo este estudiante pudo retirarse a las 22.30 después de que un médico certificara que estaba bien. Los otros dos compañeros no tuvieron la misma suerte y no les quedó otra que esperar tres horas más para ser liberados. Tal como le explicó a la madre angustiada el comisario general a cargo, “no había ningún motivo para detenerlos”. Sin embargo, lo hicieron.

La narración de este caso omite todo tipo de referencias porque los involucrados temen represalias. Vale aclarar que no son los únicos. Otros estudiantes han vivido situaciones similares o peores y es lo que les ocurre a cientos de mendocinos de todas las edades y rubros. Para el jefe de la Policía, Juan Carlos Caleri, es un procedimiento habitual y asegura que la “selección no es subjetiva”. Se realiza aparejada a una sospecha.

El abogado Lautaro Cruciani, referente de la Campaña Nacional Contra la Violencia Institucional, desmintió este argumento y afirmó, como lo hizo al momento de defender su tesis de grado, que la “detención por averiguación de antecedentes es una figura inconstitucional. Principalmente porque viola artículos de la Constitución nacional y provincial, además de tratados y convenios internacionales a los que la Argentina y su política de derechos humanos adhiere”.

“Este tipo de detenciones se usan en Mendoza para perseguir a personas humildes y para cumplir con los números estadísticos, quitándole eficacia a la seguridad pública”, opinó Cruciani, y explicó que cada detención tiene que tener motivos suficientes para hacerse efectiva.

“No alcanza con nombrar que los sujetos fueron llevados porque tenían una actitud sospechosa, o estados de nerviosismo. Eso es carecer de motivos y la detención se vuelve arbitraria, con lo cual la persona bajo esa situación tiene derecho a reclamar indemnización”, dice el jurista.

Un aspecto no menos importante y que destaca el abogado es que “el único que puede decidir a quién levantar es el Poder Judicial y no la policía, que es dependiente del Ejecutivo. Juzgar a quién detener violenta el principio de división de poderes”. Asimismo especifica que “hoy en día con los adelantos tecnológicos que hay detener a una persona por este motivo es ilógico, ya que se puede consultar por radio directamente”.

Para Cruciani hace falta decisión política para derogar el artículo 11 inciso 3 de la Ley Provincial 6.722 y dejar sin efecto una figura que da facultades ampliadas a la policía. “En La Rioja ya se avanzó al respecto”, explicó.

“Anular esa legislación implicaría un cambio de paradigma en la seguridad pública. Imaginemos que toda esa gente abocada a detener a inocentes por lo menos a priori podría dedicarse a investigar causas graves y prevenir delitos”, defendió su mirada sobre el tema.

►Procedencia
La Ley Orgánica de la Policía Federal de 1958 es la que instala en el país la figura de la detención por averiguación de identidad. En Mendoza se implementó en 1982 bajo el gobierno dictatorial de Bonifacio Cejuela, tras la sanción de la Ley 4.697. En 1999 esa norma fue derogada y remplazada por la Ley Orgánica de la Policía de Mendoza Nº6.722, que la contempla pero “suavizada”, ya que disminuye las horas de detención de 24 a 12.

►Cómo actuar 
Todos los ciudadanos detenidos por este motivo deben saber que no hay ley que obligue a portar el DNI. Tienen el derecho de comunicarles la situación a los familiares y recibir la asistencia de un abogado. No pueden ser requisados por policías de sexo contrario y tienen derecho a ser revisados por un médico para constatar si hubo violencia. Los menores deben ser devueltos a sus hogares.

►6.722 es la Ley Orgánica de la Policía. La detención por averiguación de antecedentes se implementó en Mendoza en 1982 bajo el gobierno de facto de Bonifacio Cejuela.

http://www.diariouno.com.ar/mendoza/Detuvieron-a-3-alumnos-en-la-UNCuyo-durante-horas-y-se-armo-una-nueva-polemica-20140919-0006.html