El crimen de Carla Figueroa a manos de su marido Marcelo Tomaselli, luego que dos jueces permitieran su liberación por la figura del «avenimiento», actualiza la necesidad de que los integrantes del Poder Judicial tengan en sus resoluciones una clara perspectiva de género.

Durante muchos años, cuando las especialistas en temas de la mujer insistían en la necesidad de que todas las políticas del Estado debían incluir una perspectiva de género, funcionarios judiciales y abogados consideraban este reclamo como una exageración de «las feministas».

Al momento de sancionarse e implementarse las leyes contra la violencia familiar, la opinión generalizada de los operadores judiciales fue que «era algo innecesario» pues esa violencia estaba incluida en la figura penal de las «lesiones» o el «homicidio agravado».

La realidad demostró que el reclamo de los movimientos de mujeres y las especialistas en temas de género tenía mucha razón. Ahora se habla de «femicidio» y no de «crímenes pasionales» como rezaban hasta hace poco los titulares de los diarios, frente a crímenes como el de Carla Figueroa. Y si eran titulares del canal Crónica o de algún otro medio sensacionalista, en grandes letras rojas.

Visión machista

El Código Penal, el sistema judicial, los criterios para la investigación criminal y de aplicación de las penas, mantienen una visión machista y patriarcal de la sociedad. Y hasta hace poco tiempo, cuando esta situación era puesta en evidencia por abogadas o investigadoras feministas, siempre se miraba para otro lado.

Es que, por el propio peso de la cantidad de causas que involucran violencia de género, los jueces, los abogados, los investigadores de temas penales y hasta los legisladores, se dieron cuenta que el problema es mucho más grave de lo que se imaginaban. Que la «pasión» no puede ser considerada una causa de crímenes atroces, no sólo contra las mujeres, sino también contra los niños y niñas.

«Parte sana».

El periodista Ricardo Ragendorfer, en una nota en Miradas al Sur del pasado domingo 11, cita datos del Ministerio de Seguridad de la Nación, para asegurar que el 55 por ciento de los homicidios en la Ciudad de Buenos Aires y el 69 por ciento de los ocurridos en todo el país, son cometidos por causas originadas en violencia familiar, a las que suma otras causas como muertes en riña, en discusiones, en excesos a la legítima defensa, etc. En su artículo intenta desmitificar la sensación de «inseguridad» tan promovida desde los medios para justificar políticas de mano dura. Y afirma con esos datos que la mayoría de los crímenes los cometen ciudadanos comunes o lo que él llama «la parte sana de la población». Y pone de ejemplos casos como el cuádruple crimen (femicidio también) de La Plata y el asesinato en Miramar del niño de 12 años Gastón a manos presuntamente del novio de su hermana, entre otros.

Cambiar las cabezas

El crimen de Carla Figueroa demuestra con una precisión casi de manual de Derecho Penal, que no sólo es necesario cambiar las leyes de fondo, sino también los procedimientos y «las cabezas» de quienes aplican las leyes penales en los Tribunales.

Hace treinta años, el fuero Penal en el Poder Judicial estaba casi vedado a las mujeres. Las que ingresábamos a Tribunales éramos ubicadas en los más «femeninos» juzgados de Menores (entonces no existía el fuero de Familia), Civil o Laboral. Casi no había juezas de Instrucción, ni fiscales y menos que menos, camaristas penales.

Afortunadamente eso cambió, como también están cambiando las leyes y la conciencia de la población respecto a cómo prevenir la violencia de género.

Si bien es cierto que el avenimiento es una figura actual del Derecho Penal, es saludable que uno de los jueces responsables de la liberación de Tomaselli reconozca el grave error que cometieron al permitir la aplicación de esa figura en el caso de Carla.

Figura resistida

El avenimiento fue siempre una figura muy resistida por quienes promueven la visión de género en las leyes penales y en los criterios de investigación criminal. Porque predominaban esos criterios patriarcales es que, hasta hace pocos años y a veces también actualmente, en las comisarías, cuando una mujer hacía una denuncia contra el marido con el rostro desfigurado por los golpes, se la mandaba de vuelta a la casa, para que se «reconciliara» e hiciera las paces.

El avenimiento es la consagración de esa conducta policial, que reducía todo a una «peleíta» entre personas que se quieren, pero que a veces se hacen daño.

La visión de género es lo que nos permite conocer que la violencia del varón hacia su pareja, actual o no, tiene que ver con profundas concepciones de sometimiento, de considerar que esa mujer no es una persona sino un objeto que le pertenece y que puede hacer lo que quiere con él, incluso hacerle daño y hasta matarla.

El violento no es un loco ni un enfermo, porque no ejerce violencia hacia cualquiera. No golpea a los vecinos ni a su patrón en el trabajo. Sólo agrede a su mujer y a veces a sus hijos, porque considera que tiene derecho a hacerlo, que esas personas le pertenecen, que es dueña de ellas y de su vida.

Conductas

El perdón y la reconciliación no pueden existir cuando hay violencia y cuando una de las partes, en este caso una joven que desde los 15 años mantuvo con su asesino una relación sentimental marcada por la violencia y el temor hacia él. La historia familiar de Carla también contribuyó a esa situación, pues su padre había asesinado a su madre cuando ella era una beba.

Pero es evidente en esta historia que Carla quiso salir, porque se separó, luego de la violación denunció al autor y en varias entrevistas manifestó que le tenía miedo y que no quería volver con él.

Entonces hay que analizar la conducta no sólo del asesino -el que seguramente será condenado a prisión perpetua, o por lo menos así se espera- sino también de la familia de Tomaselli y los abogados de su defensa. Por más que hayan renunciado a la asistencia legal del ahora imputado, habrá que investigar si en su intervención no contribuyeron a presionar, junto con la madre de Tomaselli, para que Carla aceptara casarse con él y luego pidiera su liberación bajo la figura del avenimiento.

Responsables

Si es así, habrá que ver muy seriamente si hay responsabilidad o complicidad de esas personas, si es que se comprueba que influyeron en el ánimo de la víctima para que actuara de esa forma.

La hermana de Carla dijo a los medios que ella se había alejado de la familia y que la madre de Tomaselli no la dejaba ni a sol ni a sombra, que la acompañaba a todas partes.

Es necesario tomar conciencia de que la violencia de género y contra los niños y niñas es posible, no sólo porque la Justicia no actúa como debiera, sino porque todavía hay en parte de la sociedad, ignorancia o indiferencia frente a casos donde se naturaliza esa violencia, o directamente se prefiere no verla, para no comprometerse.

Excusa absolutoria

La Argentina ha avanzado mucho en cuanto a la sanción y aplicación de leyes a favor de las mujeres, como la Ley Nº 26485, que otorga protección integral para «prevenir, sancionar y erradicar la violencia, en los ámbitos en que las mujeres desarrollan sus relaciones interpersonales». Esa ley plasma en la legislación argentina la Convención de Belem do Pará, de 1994, fue sancionada en 2009 y reglamentada por la presidenta Cristina Fernández en un acto en el Salón de las Mujeres en la Casa Rosada.

Pero las leyes no alcanzan: hay que modificar las ideas y las concepciones de los jueces y funcionarios del Poder Judicial.

Obviamente no a todos. En el caso de Carla, hubo jueces y fiscales con un criterio correcto y que se opusieron al dichoso «avenimiento» por considerar que Carla no estaba en condiciones de decidir «libremente» la liberación de su esposo, luego de haberse casado con él mientras estaba preso por haberla violado amenazándola con un cuchillo.

Es cierto como dice el juez Gustavo Jensen, presidente del Tribunal de Impugnación Penal, que él aplicó la ley, porque la figura del avenimiento existe en la legislación penal argentina.

Pero por ser una excusa absolutoria excepcional, él tenía la obligación de extremar los recaudos para su aplicación. Es bueno que reconozca el error y que pida disculpas, pero para Carla llegaron tarde.

Fuente: http://www.argenpress.info/2011/12/argentina-necesitamos-una-justicia-con.html