Uno de los absurdos de la semana que pasó involucró al ex baterista de Callejeros, Eduardo Vásquez, y la multa que la justicia le impuso por tener una planta de marihuana en su casa. Lo que nadie informó es que los 11 pesos y 42 centavos que tuvo que pagar el músico corresponden a la actualización del valor impuesto en el artículo 5º de la Ley 23.737. La norma establece multas que van desde los 6000 a 500 mil australes. Se trata del artículo más polémico de la ley promulgada en 1989 y el que los ocho proyectos presentados en la Cámara de Diputados coinciden en reformar. Además de la irrisoria sanción económica la norma reprime con reclusión de cuatro a 15 años para quien siembre o guarde semillas de marihuana o produzca drogas en general. También para quien la venda o la use como moneda de cambio y al que la regale, le cabe prisión de tres a 12 años. Las condenas bajan si el juez interpreta que las cantidades secuestradas son para consumo personal. No obstante, los juzgados demostraron escaso conocimiento técnico en los procesos.
La iniciativa de Diana Conti –presentada en marzo de 2010– es sustituir por completo el artículo para que no sea punible el hecho en caso de que sea escasa la cantidad sembrada o cultivada o cuando, por demás circunstancias, “surja inequívocamente que ella está destinada a obtener estupefacientes para uso personal”.
En junio del mismo año, la diputada del Frente para la Victoria, Adriana Puiggrós propuso sustituir los párrafos del artículo 5º que disminuye las penas en función de la cantidad y la actitud del usuario. El texto indicado, según el proyecto, sería: “Cuando por la escasa cantidad sembrada y cultivada, su carácter privado y demás circunstancias, surja inequívocamente que ella está destinada a obtener estupefacientes para consumo personal, el hecho no será punible.” La propuesta presentada, también en junio de 2010, por Margarita Stolbizer, del GEN, va por los mismos carriles. Ninguna de las tres establece cantidades y lo liberan a la interpretación del magistrado.
La iniciativa de Ricardo Alfonsín, presentada en agosto del mismo año por la UCR, planea leves modificaciones al artículo en cuestión pero sigue siendo punitiva para el consumidor. Establece penas de seis meses a tres años de prisión para quien manipule bajas cantidades. Además, lo obliga a realizar un tratamiento médico o “medidas de seguridad educativa”.
El de Victoria Donda y Cecilia Merchán, uno de los proyectos más apoyados por los militantes, propone, entre otras cosas, liberar el autocultivo y la tenencia simple y derogar los tratamientos médicos obligatorios para quien porte bajas cantidades.
El socialista Roy Cortina, por su parte, perdona a quien siembre o tenga bajas cantidades aunque no establece un número y actualiza las penas monetarias, las cuales irían de 225 a 18.750 pesos para quien cultive o venda y de 300 a 600 pesos para la tenencia.
Vilma Ibarra, de Nuevo Encuentro, propuso no castigar al consumo personal y penas de seis meses a tres años para quien entregue bajas cantidades. Finalmente, Aníbal Fernández propone despenalizar la tenencia simple y el autocultivo y mantener penas cuando exceda el consumo personal aunque tampoco establece cantidades

Fuente: http://tiempo.infonews.com/2012/03/31/sociedad-71792-ninguno-de-los-proyectos-de-despenalizacion-de-drogas-establece-las-cantidades.php