Como se sabe, el pasado 5 de julio, Sandra Saidman, jueza de faltas de Barranqueras, declaró Ia nulidad de Ia detención ilegal de 17 personas en una razzia efectuada por Ia policía chaqueña por considerar que resultaba una medida desproporcionada y arbitraria, impropia de una fuerza policial democrática, en estricta aplicación de Ias directrices de Ia Corte Interamericana de Derechos Humanos en el caso “Bulacio vs. Argentina”. Como consecuencia de esta resolución, el ministro de Gobierno, Marcos Verbeek, se comunicó telefónicamente con Ia jueza para manifestarle el malestar del gobernador y vicegobernador por Ia anulación de Ias razzias y Ia amenazó con iniciarle juicio político si no salía a los medios a solucionar esto”.

La gravedad de Ia conducta adoptada por el ministro nos obliga a expresar nuestra preocupación por lo que representa una expresión de Ia demagogia punitiva que se contrapone con el concepto de seguridad con derechos humanos. La jueza Saidman, quien integra Ia mesa nacional de Ia Asociación Pensamiento Penal, es una funcionaria reconocida por sus pares en su ámbito de trabajo, y por Ia ciudadanía en general por su profundo compromiso con los derechos humanos. Este compromiso se encuentra presente en Ia resolución atacada, Ia que viene a poner límite a Ias arbitrariedades policiales, en franco sostén de Ias garantías individuales.

EI hostigamiento a Ia jueza se vio agravado por Ias declaraciones públicas del ministro a medios chaqueños, en Ias que afirmó que va a “priorizar en primer lugar Ia seguridad de Ias personas y en segundo lugar Ia legalidad que tiene que haber en Ias detenciones”.

En este contexto, valoramos positivamente las posteriores declaraciones públicas del señor gobernador del Chaco, Jorge Capitanich, quien desautorizó a su ministro de Gobierno, señalando que el llamado telefónico a Ia jueza no había sido consensuado ni autorizado, que los que discrepan con Ias resoluciones judiciales deben recurrir a las vías institucionales para la impugnación y que es correcto que los jueces denuncien este tipo de episodios.

EI Estado argentino se encuentra obligado a dar cumplimento con lo dispuesto por la Corte Interamericana en el caso “Bulacio” en lo referido a la intervención de las fuerzas de seguridad.

Por ello es preciso que los funcionarios de gobierno no obstruyan la labor judicial y controlen la actuación de las fuerzas de seguridad a su cargo y adopten las medidas conducentes para garantizar la no repetición de hechos como los que dieron origen a la sentencia contra la Argentina. A su vez, la provincia del Chaco tiene como antecedente el caso “Greco”, por el que tuvo que reconocer ante la CIDH su responsabilidad internacional por la detención y la muerte de un joven en una comisaría.

Estos casos exigen que se encaren políticas de seguridad democráticas, orientadas a prevenir la violencia policial.

 

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