PRONUNCIAMIENTO POR LAS MUERTES OCURRIDAS EN DISTINTOS PENALES DE LA PROVINCIA DE SANTA FE

Como es de público conocimiento, la provincia de Santa Fe ha acatado la declaración de Emergencia Sanitaria Nro. D.E.C.N.U.-2020-260. En función de lo mencionado, se han llevado adelante distintas medidas vinculadas con la emergencia y los lugares de privación de la libertad no han sido la excepción. Sin embargo, las acciones realizadas han sido y siguen siendo escasas y no garantizan los derechos de las personas alojadas en las distintas instituciones. Como consecuencia de ello, y como evidencia del malestar, se han producido distintas manifestaciones y reclamos dentro de las unidades penitenciarias santafesinas.

Como manifestamos en nuestro comunicado “Profunda Preocupación por Situación en Cárceles” (https://www.pensamientopenal.org/profunda-preocupacion-por-situacion-en-carceles/), del día 22 del corriente, “El derecho a la protesta, al reclamo y a ser oídos tiene garantía constitucional y no se encuentra suspendido por la imposición de una pena privativa de la libertad. Mucho menos si la persona encarcelada no ha sido condenada. El Estado, representado por los distintos servicios penitenciarios, debe garantizar y asegurar que las protestas pacíficas puedan ser llevadas adelante en forma segura y eficaz, de tal manera que los reclamos lleguen a sus respectivos destinatarios”.

Sin embargo, esto no se ha cumplido en Santa Fe, por el contrario, ha alcanzado dimensiones drásticamente opuestas, con el lamentable resultado de nueve presos fallecidos en dos de las instituciones carcelarias de la provincia. En el marco de los incidentes ocurridos el pasado fin de mes, el día lunes 23 de marzo perdieron la vida Alan Montenegro (27) alojado en la Unidad Penal Nro. I “Coronda”; Jonatan Exequiel Coria (29), Matías Gastón Crespo (31), Andrés Exequiel Behler (23) y Rolando Duarte (60), todos ellos alojados en la Unidad Penal Nro. II “Las Flores”. Luego de esto, en la última cárcel nombrada han perdido la vida el día martes 31 de marzo Gastón Stromayer (37) y Sergio Ortega (24); mientras que el día jueves 16 de abril falleció Carlos Acosta (31); por último, el día sábado 18 de abril se informó el deceso de Juan Carlos Lacuadra (22). Los mencionamos con nombre y apellido, las personas fallecidas no son enumerables, son sujetos con historias, familias y proyectos de vida truncados por muertes evitables.

Entendemos que durante la privación de la libertad de una persona no puede concebirse el riesgo para su vida, bajo ninguna circunstancia. Como se dijo en el comunicado arriba mencionado “El Estado debe intervenir de modo razonable y con herramientas proporcionales al conflicto para encontrar soluciones y evitar consecuencias personales”.

Cuando hablamos de muertes en custodia, cualquiera sea el motivo (reclamo por condiciones de detención, enfrentamientos con personal penitenciario, peleas entre personas privadas de libertad, suicidios), entendemos la responsabilidad, directa o indirectamente, es del Estado, que debe garantizar a lxs presxs, entre otros derechos, aquel a la vida e integridad física.

Por todo lo mencionado, solicitamos que, en primer lugar, se tomen las medidas de corto y largo plazo que sean necesarias para garantizar la vida y dignidad de las personas alojadas en las instituciones penales, priorizando la creación de canales de diálogo horizontales con representación adecuada de todas las partes. Y, en segundo lugar, exigimos que investiguen, seria e imparcialmente, todas las muertes referidas.