Fue por el “exceso en el accionar” policial en medio de incidentes tras un partido de Chaco For Ever en 2002. Un hombre perdió su ojo derecho y dos menores resultaron heridos con balas de goma. Deberán abonarles más de $115 mil por daño material y moral

La Sala Cuarta de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Resistencia confirmó una sentencia de primera instancia pero elevó a 115.050 pesos el monto de la indemnización con la cual Estado provincial deberá resarcir a tres personas que resultaron heridas por balas de goma policiales durante incidentes producidos a la salida del estadio del club Chaco For Ever en marzo de 2002. El mayor de los tres sufrió la pérdida de su ojo derecho y las otras dos víctimas recibieron impactos en distintas partes del cuerpo en lo que fue considerado “un exceso en el accionar de los efectivos policiales”.

El fallo, que está fechado el 23 de abril último y lleva la firma de las camaristas María Delfina Denogens y Marta Inés Alonso de Martina, condena al Estado chaqueño y/o la Policía del Chaco a indemnizar con 45.050 pesos por “daño material” al señor Luis Maurel –quién perdió su ojo derecho como consecuencia de una posta de bala de goma- y con 50 mil pesos por “daño moral” -20 mil para el propio Luis Maurel y 15 mil pesos para Luis Alfredo Maurel –hijo- y 15 mil pesos para Néstor Miguel Maurel-.

El hecho

Luego del encuentro que protagonizaron el 10 de marzo de 2002 los equipos de Chaco For Ever y Talleres de Perico se produjeron incidentes entre hinchas y efectivos policiales encargados de la seguridad del evento que, en su intento de contener a los violentos, disparó con balas de goma sobre la multitud resultando heridos Luis Maurel, Luis Alfredo Maurel y Néstor Miguel Maurel.

“Exceso en el accionar de los efectivos policiales”

En su descargo, la Policía del Chaco acusó a las víctimas por haber estado cerca del “grupo revoltoso” y porque no tomaron “los recaudos necesarios a los efectos de prever el resultado y alejarse de la hinchada que se encontraba en plena riña”. Además, agregaron que los agentes actuaron en “legítima defensa” luego de ser agredidos por los hinchas de fútbol. Sin embargo, en el marco del expediente no pudieron comprobar que las víctimas hayan formado parte del grupo que agredió a los policías.

“Al no existir agresión por parte de las víctimas, el obrar de los demandados no puede reputarse como de legítima defensa. Por lo tanto los tiros por cualquiera de los motivos aludidos, devienen injustificados y como consecuencia de ello es injustificado el daño sufrido por los actores Sres. Luis Maurel, Luis Alfredo Maurel y Néstor Miguel Maurel, quienes no tienen por qué soportarlo”, consigna un tramo de la sentencia firmada por las juezas Denogens y Alonso de Martina.

En ese sentido, subrayan que los daños que sufrieron los demandantes “fueron producto de un exceso en el accionar de los efectivos policiales, y que no medió culpa de las víctimas ni legítima defensa en el proceder de aquéllos, con lo cual debe confirmarse la procedencia de la acción a su respecto”.

Las pericias

Los informes periciales incorporados a la causa señalan que Luis Maurel –quién perdió su lóbulo ocular derecho por una bala de goma- presenta “marcada angustia, tristeza, síntomas de minusvalía, deterioro en su capacidad de autonomía, sentimientos de inferioridad, miedos inespecíficos, retraimiento social, dificultad en la concentración, recuerdos perturbadores del trauma con episodios de irritabilidad», y determina que padece de «trastorno depresivo mayor grave sin síntomas sicóticos» -estadificado en el DSM 4 con el código 296.23-, con una minusvalía de un 40% de incapacidad, de tipo permanente”. Además, precisa que de acuerdo a las pericias oftalmológicas actualmente cuenta “sólo con el 25 por ciento del total de la visión”.

Se eleva la indemnización

En el fallo de primera instancia el monto total de la indemnización ascendía a 90 mil pesos, pero las magistradas de la Sala Cuarta de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Resistencia elevaron ese volumen a 115.050 pesos. Las camaristas resolvieron subir de 40 mil a 45.050 pesos la indemnización por “daño material” y de 20 mil a 40 mil pesos la de “daño moral” para el señor Luis Maurel.

Fuente: http://www.chacodiapordia.com/noticia.php?n=64547