El juez Skidelsky se había declarado incompetente sin recibir declaración a dos internos con problemas de salud. El caso fue impulsado por la Procuvin, tras la inspección a la Unidad 7 a fines del mes pasado.

La Cámara Federal de Resistencia admitió un recurso de los fiscales Patricio Sabadini y Carlos Amad y ordenó al juez federal Carlos Skidelsky que reciba declaración a dos internos de la Unidad 7 de aquella ciudad a quienes no había resuelto un habeas corpus interpuesto por cuestiones serias de salud, por considerar que no resultaba competente. El tribunal cuestionó que el magistrado adoptó esa resolución sin explicitar los motivos, que no escuchó a los internos y que demoró la resolución y la elevación en consulta a la Alzada.

“Este Tribunal considera que la decisión de incompetencia adoptada -sin determinar la materia respecto de la que aduce la falta de competencia, y sin la debida intervención de ley del interno respecto de quien se intentó la acción venida a conocimiento-, debe ser reencausada, respetando los recaudos legales establecidos por la normativa aplicable, correspondiendo en consecuencia su revocación y la devolución de estos autos para la continuación del procedimiento”, ordenaron los camaristas Ana Victoria Order y José Luis Alberto Aguilar.

Los habeas corpus en favor de los detenidos NGC y S habían sido interpuestos por los fiscales de Resistencia y por el titular de la Procuvin, Abel Córdoba, en ocasión de la inspección de la Unidad 7 el 24 de abril pasado, en el marco de las visitas regulares que viene realizando el funcionario de la Procuración en diferentes penales del país.

Los recursos fueron interpuestos por los fiscales al día siguiente, 25 de abril, pero recién fueron resueltos por Skidelsky el 8 de mayo, luego de que los representantes del Ministerio Público solicitaran el “pronto despacho” del expediente. “Se advierte una indebida dilación en el trámite de estos actuados”, cuestionaron los camaristas, y pusieron de resalto que transcurrieron 13 días entre la interposición y la resolución. Además, el tribunal destacó que los expedientes fueron elevados a su consideración “con excesiva dilación, inconciliable con los términos del artículo 10 de la ley 23.098″. Esa norma especifica el trámite de los habeas corpus y establece que, cuando un recurso es rechazado o el magistrado se declara incompetente, “elevará de inmediato la resolución en consulta a la Cámara de Apelaciones, que decidirá a más tardar dentro de las veinticuatro horas”.

El juez, además, resolvió de forma singular en los dos habeas corpus. En el de NGC, igualmente le ordenó al Servicio Penitenciario que “extreme los recaudos necesarios para garantizar la salud del nombrado”, mientras que en el de S indicó a las autoridades del penal que el interno debía ser “trasladado al Hospital Perrando de esta ciudad para una consulta oftalmológica”. La Cámara hizo notar que esa resolución “no se condice con la anterior declaración de incompetencia para entender en los actuados”.

De esta manera, Skidelsky deberá ahora volver a tratar los recursos y subsanar los errores de forma y de fondo que le marcó el tribunal de alzada.

 

 

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