extenso y continuo proceso de democratización de la Justicia, cuando introdujo el juicio oral y público para las causas penales. Era en 1960 y por encargo del gobernador Bernardino Biella una comisión de cinco juristas redactó en poco más de 120 días un nuevo Código Procesal Penal para la provincia, revolucionario en ese momento porque introdujo el juicio oral y público (30 años demoró la Nación en hacer lo mismo), lo que implicó la posibilidad del control popular sobre esa actividad judicial. Control informal, pero de todos modos un control.

En el extenso informe y exposición de motivos que acompañó al proyecto, la comisión explicaba las cuestiones técnicas y la mayor celeridad en los juicios que permite el juicio oral. Pero también decía en el informe que el nuevo procedimiento permitía “la publicidad de los debates, de esa manera se cumple ampliamente con la publicidad de los actos de gobierno, que es esencial al régimen republicano”, y que, al ser públicos los juicios, existiría el control directo del pueblo que al presenciarlos “acabaría con la venalidad, la arbitrariedad o la incuria de los malos magistrados”. Un control del pueblo sobre sus jueces penales.

Fue el punto de partida de un proceso democratizador que desde entonces continuó sin prisa y sin pausa.

En 1986 se sancionó una nueva Constitución provincial que sustituyó a la de 1929. Respecto de la Justicia tenía claros indicios democratizantes: al establecer el principio de igualdad suprimió “todos los títulos y tratamientos honoríficos o de excepción para los cuerpos, magistrados y funcionarios de la Provincia, cualquiera sea su investidura”. Ya no había que llamar a los jueces “su señoría” ni al gobernador o sus ministros “vuestra excelencia”. Roberto Romero era gobernador en ese tiempo.

Dispuso también la remoción de todos los obstáculos que impidan o dificulten la plenitud del principio de igualdad, y completando ese mandado establecer el derecho de defensa garantizó también “la asistencia letrada gratuita a las personas de modestos recursos”. Si democracia es igualdad, la falta de recursos no debía impedir el acceso a la Justicia.

Un avance de fondo

Tiempo más tarde esa garantía de asistencia letrada gratuita se llevó hasta más allá de las oficinas judiciales. Lo hizo el entonces procurador general de la Provincia Ramón Alberto Catalano, quien había sido corredactor del Código Procesal Penal en 1960, al inaugurar a finales de los noventa las Defensorías Itinerantes, que llevaron a los defensores públicos primero hasta los barrios de la capital y más tarde al todo el interior de la provincia.

En 2004, la nueva ley del ministerio público institucionalizó las asesorías jurídicas itinerantes, fijándoles la misión de dar asesoramiento a personas de escasos recursos que vivan en lugares alejados de las ciudades que tienen tribunales, atendiendo y orientando a los ciudadanos en lo necesario para la defensa de sus personas, sus derechos y facilitando el conocimiento de las garantías constitucionales que los amparan y protegen.

La Constitución de 1986 creó la Justicia de paz lega y letrada, único fuero con origen constitucional, fijándole principios procesales de simpleza y rapidez. Un paso más para la igualdad ante la Justicia. También dispuso que los jueces ejerzan el cargo de por vida. Ese rasgo, criticado actualmente por razones meramente políticas, tiene ventajas: cuanto más tiempo pasa mayor es la distancia que aleja al magistrado del gobernador que lo nombró y del Senado que le dio acuerdo. Eso fortalece la independencia judicial. La Constitución de 1929 requería renovar los acuerdos cada seis años, impidiendo consolidar una magistratura plural en lo ideológico y complicando la celeridad de los juicios al impedir sumar experiencia porque cada sexenio se remplazaban los jueces.

El Poder Judicial no fue mero espectador pasivo en este proceso, en 1992 la Corte de Justicia creó la Oficina de Prensa y Comunicaciones, una de las primeras del país. Desde entonces, la Corte, en sus diferentes integraciones, promovió activamente el derecho a la información, abandonando el principio de que los jueces hablan sólo por sus sentencias. Esa actitud abierta y democrática, garantizando el derecho a la información, se refleja hoy en su página web www.justiciasalta.gov.ar. La información judicial está disponible para toda la ciudadanía.

En 1998, durante la gobernación de Juan Carlos Romero, la Convención Constituyente da un gran paso en este proceso al crear el Consejo de la Magistratura, instancia obligada para cubrir las vacantes existentes en el Poder Judicial y Ministerio Público. Este órgano tiene sólo nueve miembros, menos de la mitad que su homólogo de la Nación, y carece de representantes del Poder Ejecutivo. Las minorías tienen su representante y las designaciones deben mantener un equilibrio entre los concursantes de carrera y los candidatos que no pertenezcan a la Justicia. Una democratización que abre a todos la posibilidad de acceder a la magistratura.

Medio siglo lleva Salta democratizando su administración de justicia. Es un proceso cívico y cultural continuo, que no puede construirse por decreto de un día para otro.

 

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